Para tratar de que no haya dificultades insalvables en la partición de herencia, ¿se puede, o es mejor indicar, en el testamento, los bienes que corresponderán a cada cual, además de en qué proporción?
¿hay diferencia entre recibir una herencia y recibir un legado? Si es sí, ¿también hay diferencias fiscales?. ¿Qué interesa más a los beneficiarios?.
Si un/os descendientes son desheredado/s en un testamento, si lo impugna/n, entre tanto se resuelve, entiendo que en el juzgado, ¿el resto de descendientes, al tener que estar todos len la escrituración de la partición, no pueden avanzar en el proceso, o se puede entender que los descendientes desheredados no tienen por qué estar presentes en tanto en cuanto el juez no se pronuncie?. Lo digo también porque, además, creo que hay 6 meses para pagar los impuestos, ¿no?, y entiendo que eso lo pagará cada legitimario en su correspondiente parte, ¿no? (¿o eso se paga por el conjunto de bienes, y luego ya se entenderán entre los legitimarios?.