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Diferencias entre separación y divorcio

6 Comentarios
 
Diferencias entre separación y divorcio
27/01/2005 13:31
HOLA.
Mi pareja esta separado, y en cuanto pueda y aclare cosas pedira el divorcio.

Mi duda es... si antes de q pida el divorcio nos compramos un piso el y yo... q problemas puede traerme.??

cual es la diferencia entre las obligaciones del separado y del divorciado?
27/01/2005 13:53
Si la separación está decretada judicialmente, implica que cesa el deber de convivencia y la vinculación de los bienes de los cóyuges en el ejercicio de la potestad doméstica. Lo normal es que en la sentencia de separación se haya disuelto la sociedad conyugal.
La separación legal, al contrario que el divorcio, no disuelve el vínculo del matrimonio, solo lo suspende.

En cuanto a las obligaciones se ha de estar a lo estipulado en el convenio o medidas adoptadas en la sentencia.

Un saludo.
28/02/2009 12:01
yo llevo unos 7 años separada y a mi cargo las dos niñas que tenemos. mi ex me ha pedido el divorcio en los mismos términos que la separación (convenio). no tengo ningún inconveniente pero me gustaría saber si debo contratar un abogado y si tendré diferencias a efectos fiscales.
28/02/2009 12:17
Vic63,

Mi consejo es que consultes con un abogado la propuesta de Convenio Regulador que te pase tu ex y, si estás de acuerdo con su contenido, con la asistencia letrada de la otra parte y de común acuerdo podrá interponerse la demanda de divorcio sin necesidad que te asista a ti otro letrado.

Saludos y suerte.
jorome.
28/02/2009 12:18
pero que lo pague el...
28/02/2009 13:18
El me ha dicho que se hace cargo de los gastos.
consultaré a un abogado por si acaso tal y como me recomendais.
¿sabeis si hay diferencias a efectos fiscales?, actualmente desgravo mucho por tener a las niñas.
28/02/2009 18:00
No, en este sentido, como harás declaración por separado, tendrás que continuar declarando la comensatria si la tienes, porquelas pensiones de alimentos a ti no te desgravan al ser no contributivas.
EL divorcio te afectará en cuanto a la herencia, ya no sois herederos el uno del otro. En cuanto a la pensión de viudedad, la cobrarías si fueras beneficiaria de pensión compensatoria en el momento del fallecimiento.