Mi hermana está embarazada, y previendo que pronto han de ingresarla por el parto, me gustaría saber si me corresponde algún día libre por tener a mi hermana de ingreso en el hospital. Gracias y saludos, Mirian
En lo primero que te tendrías que fijar, es en lo que pudiera decir al respecto el convenio de aplicación. De todas formas, el art. 37.3 b) del ET señala: Dos días por el nacimiento de hijo o por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves u HOSPITALIZACIÓN de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. Por tanto, y a mi entender, por la HOSPITALIZACIÓN de tú hermana te corresponde 2 días (o 4 en caso de desplazamiento) de permiso retribuido.
Ahora que según interpretó el TSJ de Burgos, en sentencia de 19-7-2004, JUR 2004,211086, en tanto se trate de un parto normal y sin complicaciones NO corresponde permiso por HOSPITALIZACIÓN de pariente.
Por el contrario, la Audiencia Nacional obliga a dar permiso a los trabajadores por parto con hospitalización de familiares en segundo grado. Te la puedes descargar de cualquiera de estos enlaces: