tengo una duda: acaba de fallecer la abuela de mi marido. mi pregunta es: tengo yo tambien el derecho a los dias por fallecimiento de un familiar? o tengo que cogerlos de mis vacaciones? gracias...
La abuela de tu marido, y por marido se entiende legalmente casados, es familiar tuyo de 2º grado por afinidad, caso contemplado por el Estatuto de los Trabajadores para ese permiso, 2 días, mejorables por convenio e incluso ampliable por convenio en caso de parejas de hecho legalmente inscritas.
Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.
3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
b.- Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.