Hola:
Son tres meses como mínimo los necesarios de cotización al desempleo desde la extinción o resolución de la relación laboral anterior.
Se acredita ante el INEM con la comunicación escrita del empresario resolviendo el contrato o con la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto del contrato, siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador. En este último caso la acreditación ante el INEM es la copia del contrato.
Saludos.
Dias a cotizar para cobrar paro, despues de baja voluntaria