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Día de descanso que coincide con festivo.

12 Comentarios
 
Día de descanso que coincide con festivo.
27/03/2023 11:31
En mi trabajo mi día libre siempre suele ser un día entre semana. Tras reclamarle a mi empresa que no me estaban dando los días festivos y habiéndomelos tenido que pagar, ahora lo que están haciendo es solapar mis descansos con los festivos, sin darme la posibilidad a descansar un día más.

Es decir: si hay un festivo el lunes y yo libro los miércoles. La semana de ese festivo, cambian mi día de descanso al lunes y me dicen que ya descanse el festivo y que me toca trabajar los 6 días restantes, sin concederme mi día de descanso.

No me cabe duda que esto es una irregularidad como un piano. Pero me gustaría tener una segunda opinión de alguien formado en la materia.

Gracias.
27/03/2023 16:19
San muy listos en su empresa pero no se preocupe, a la larga estamos en la misma situación, debería empezar por decirnos en qué trabaja? Cuál es la actividad de la empresa? Cuál es el conv colect. de aplicación? y por si éste fuera provincial, la provincia desde la que nos consulta?
Con estos datos podemos comentar algo más.
28/03/2023 19:18
HedMayner
Yo no soy abogado, pero he estado en la misma situación que tú.

Efectivamente es ilegal que te pongan a librar el mismo día del festivo, haciendo que lo pierdas.
Si tu jornada laboral fuera de lunes a viernes, y libraras sábado y domingo y el festivo cayera un sábado, entonces sí que lo perderías, pero si trabajas de lunes a domingo, como es mi caso, no te pueden poner a librar el mismo día del festivo. Reclama por la vía legal con un abogado y que se les caiga el pelo, que son unos jetas.
29/03/2023 13:51
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su respuesta. Venta al por menor. Aquí el convenio.

https://www.iberley.es/convenios/sector/convenio-colectivo-comercio-general-malaga-3300067
30/03/2023 23:42
Una vez visto el convenio voy a relatar como se están aprovechando de usted.
Convenio que fija 30 días naturales de vacaciones, (vamos lo que fija el ET), dice tb que tiene una jornada semanal de 40 h/sem además de los 14 festivos anuales, en cuanto a la jornada no dice cuál es la jornada anual por lo que nuevamente nos casamos en el ET que fija una jornada anual de 1826 h con 27 min. de aquí ya podemos extraer tanto las horas semanales 40 h, como la anual (1826,27/8 = 228,28 días y como la mensual 228,28/11 = 20,75 días /mes (un último mes de vacaciones).
Dicho esto, si descansa solo un día a la semana ya estaría haciendo 48 h/sem y no 40 como indica el convenio, si por otra parte, cada vez que haya un festivo de lo imponen de descanso seguiría descansando solo un día a la semana y acumularía un día menos de descanso.
La forma de calcular los días es la ss:
El año tiene 365 días descontando las vacaciones (30 días) y los festivos (14 días) tenemos 365 - 44 = 321 días para saber cuántos son en semanas dividimos esta cantidad entre 7 días lo que nos da 45,85 sem como cada semana de 40 h son 5 de trabajo a 8 h y 2 días de descanso esto nos da que 45,85 2 = 91,71 días de descanso anual, por tanto, 91,71 de descanso semanal (más) 30 de vacaciones (más) 14 festivos esto nos da un total de 135,71 días de descanso por lo que si restamos 365 días del año menos 135,71 = 229,28 días (redondeando 229) días de trabajo al año, así que toda jornada que supere estos 229 días de trabajo serán computados como exceso de jornada por lo que si semanalmente sólo descansa un día ya tendría 45,85 días (uno por semana) menos de descanso y si encima cuando hay un festivo se lo ponen de descanso, 14 al año que sumados a esos 45,85 son 59,85 días, (redondeando (60 días) menos de descanso, por tanto 135,71 - 59,85 = 75, 86 días totales de descanso al año con lo que 365 - 75,86 = 289,14 días de trabajo al año x 8 h día = 2313,12 h/año y como el máximo de h/año son 1826,27 = 486,85 h de exceso de jornada vamos que le está usted regalando 60,86 días redondeando 61 días.
Ya está usted buscando un abogado y demandando a esos caraduras empresarios suyos.
30/03/2023 23:45
Para que le quede claro usted con el descanso semanal 92 días al año más 30 días de vaca iones más 14 festivos son 136 días de descanso (redondeado) y el año tiene 365 con lo que se trabajo son 229 días/año, todo lo que supere esta cantidad son días de exceso de jornada .
smo
01/04/2023 15:00
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su tiempo y dedicación al responder.

En mi caso trabajo 40h dos días hago 4h otro descanso (rara vez me conceden un domingo, otra irregularidad si no me equivoco) y los 4 días restantes trabajo 8h. Pero me queda claro que lo que hacen no es legal.

Muchas gracias. Tenga un buen fin de semana.
31/03/2025 21:11
Trabajo bajo el convenio colectivo de comercio de flores y plantas, en Pontevedra, la empresa trabaja de lunes a sábado, mis descansos no continuados todo el año son jueves y domingo, si mi día de descanso coincide con un festivo tendría derecho a disfrutarlo otro día?
01/04/2025 10:16
Si un trabajador trabaja de lunes a viernes y habitualmente descansa los Sábados y Domingos, si el festivo cae en Domingo se pasa para el lunes siguiente por lo tanto disfruta el descanso, sin embargo, si el festivo cae de Sábado el trabajador lo pierde, no obstante como para calcular el cómputo de jornada se descuentan los 14 festivos, esto querrá decir que al final del año habrá hecho exceso de jornada, con lo que la empresa o bien compensa en descansos o bien lo abona como h.e.
Bueno pues usted no son Sábados y Domingos, son Jueves y Domingos por lo que estamos en el mismo ej anterior..
smo
09/04/2025 21:05
Si te alternan el día comentas de descanso por un feriado eso es ilegal a todas, ahí hay mala fe y en un contencioso ganarías.
Ahora bien, si tu descanso es un día entre semana fijo y no variable, ahí si puedes perferlo puesto que los días feriados son de feria y no es tratado como día de descanso laboral o hecho a tales efectos.
Pero debes hacer un calculo horas anuales y las que te marque el comvenio y que no tengas un exceso.
09/04/2025 23:13
Pero es que wifi 2015 descansa siempre los jueves y los domingos, es como quien descansa Sábados y Domingos, así que si el festivo le cae en jueves le ocurre lo mismo que quien descansa Sábados y Domingos y el festivo le cae en Sábado.
Sin embargo al final del año ese festivo no se pierde porque al descansar un festivo menos hará 8 h más con lo que tendrá un exceso de jornada en el cómputo anual, el cuál la empresa o le abona horas extra o bien le da oto día de descanso.
Usar el término legal e ilegal no es tan sencillo.
smo
12/04/2025 23:39
Jamgrrhh28
Buenas,
No se si es legal, ilegal o alegal.
Pero lo que comenta el compañero.


Es decir: si hay un festivo el lunes y yo libro los miércoles. La semana de ese festivo, cambian mi día de descanso al lunes y me dicen que ya descanse el festivo y que me toca trabajar los 6 días restantes, sin concederme mi día de descanso

Esto no hace falta ser letrado para deducir que es una practica totalmente ilegal.
Saludos
13/04/2025 12:09
Poty660, éste es el problema de poner una consulta dentro de la que ya hizo uso otro gotero, la consulta inicial es de abril de 2023 y l ñu de o heydmen..., la cual fue contestada en su momento pero es que la recuperación del tema y a la que estoy contestando ahora es de fecha 31/04/2035 interpuesta por wifi20q5 y usted está respondiendo a la inicial,