En Julio disfruté de mi mes de vacaciones correspondiente a este año pero el día 1 de octubre la empresa para la que trabajaba finalizó el servicio y en su lugar entró a prestarlo una empresa diferente, la cuál nos subrogó a mi y a algunos otros compañeros por reunir los requisitos para ello. El caso es que ahora la anterior empresa me exige que les devuelva en dinero la parte proporcional a las vacaciones disfrutadas por mi y que no he trabajado, es decir; octubre, noviembre y diciembre. ¿Alguien sabe si esto es así? ¿Estoy obligado a pagarles? ¿Acaso no se supone que si las he disfrutado, simplemente la nueva empresa no me da mas vacaciones en lo que resta de año y todo solucionado? gracias de antemano por vuestra ayuda.
Lo lógico (y lo que se viene haciendo) es que sea su nueva empresa la que le liquide a la anterior esos días de más, puesto que va a ser la que se beneficie de ello. Es decir, y como vd. bien dice, es tan simple, como que no disfrute más vacaciones. Todo ello porque la nueva empresa se subroga en todas las obligaciones y DERECHOS de la anterior empresa respecto de sus trabajadores. En este caso el derecho a que trabaje integramente el periodo que queda hasta final de año.
Ahondando, en este tema, se genera un flujo entre ambas empresas, porque la empresa saliente tiene que abonar los días dejados de disfrutar, si los hubiere, del resto de la plantilla a la empresa entrante.