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Devolución gastos extraordinarios

8 Comentarios
 
26/08/2005 17:04
La LPH solo habla d emínimo, no d emáximo.
Otra cosa es que los padres d ela patria trabajen para los que trabajan.

Quiero ser huerfano.
25/08/2005 18:34
A eso me refiero, discolo, por los problemas que plantea alberto y por otros que pueden surgir, yo no soy partidario de que la comunidad tenga un superavit innecesario.
25/08/2005 17:20
Orly, la LPH solo dice qu eel Fondo d eResva srá no inferior al 5% del Presupuesto ordinario. Pero sin tope (paraque el administrador pueda tener dineitos de libre disposición)
24/08/2005 20:11
Si no me equivoco, los fondos de reserva de una comunidad no tienen porqué pasar del 10% del presupuesto anual. Sobre eso se deben establecer las cuotas.
24/08/2005 18:42
EL problema ahí es el Administraidor, que quiere tener para su "manejo" los dineritos que has prestado a la comunidad como si ese dinero fuese de la comunidad y no tuyo. Y ya se sabe, como haya dinero en la caja, a la borregada no le importa dilapidarlos.
10/08/2005 16:55
Gracias vicente manuel y Lexis por vuestras respuestas. Saludos.
10/08/2005 14:27
¿Y que pasa cuando se vende una vivienda y hay un superavit en la cuenta del propietario vendedor (saldo positivo)?.
¿Puede el propietario, antes de vender, solicitar a la Comunidad que le devuelva ese saldo positivo?.
Quizas otra solucion podria ser dejar de pagar cuotas por valor de ese saldo positivo, pero a veces surge la posibilidad de venta en pocos dias y no hay tiempo para eso.
10/08/2005 07:07
Mi opinión es que de esos gastos se beneficiará el propietario actual, ya que la sentencia se producirá después de la venta y no antes. Como ya no se es propietario, ya no se tiene derecho a los frutos que de la propiedad se obtengan.

Un saludo.
Devolución gastos extraordinarios
09/08/2005 21:58
Hola a todos. Como comunero he pagado gastos extraordinarios importantes, debido a un asunto legal llevado por la Comunidad de vecinos. De ser favorable la sentencia, estos gastos se recuperarían vía cobro de moroso y costas. Ahora he vendido este piso. De haber una sentencia favorable para la Comunidad, ¿puedo reclamar la devolución de estos gastos extraordinarios? ¿O se beneficiará de esto el actual propietario? Gracias por vuestra ayuda. Saludos.