De toda, pero también heredarás todos los bienes que tuviera, que te compensa si tenía algo (lo que fuera) que valiera más que esa cantidad.
Si no te interesara también podrías rechazarla, o puedes aceptarla a beneficio de inventario (primero se pagaría la deuda, y heredarías lo que sobrara, si es que sobra algo).
Estoy pendiente de la adjudicación de la herencia, de la cual tanto mi hermana como yo somos herederos.
Hay una deuda de 420 euros pendiente de pago.
Si mi hermana renuncia a la herencia y yo la acepto, ¿tengo que pagar el importe íntegro de la deuda o sólo la parte proporcional?