En 2018 falleció mi madre y tanto mi hermana como yo heredamos la vivienda al 50% cada uno. En 2022 yo vendí mi parte de la casa, y desde hace unos meses mi hermana ha dejado de pagar los suministros de agua, cuyo contrato sigue a nombre de mi madre.
En la oficina dicen que al no ser yo propietario desde 2022 esas deudas no me pueden afectar aunque el contrato siga a nombre de la fallecida, pero me gustaría si alguien me dijera si esto es así.
Eso son deudas generadas después de la muerte de su madre, por lo que no pertenecen a la masa hereditaria. Si en la oficina de la suministradora le han dicho que no le consideran a usted deudor, no hay más que hablar.