Si un deudor te firma un reconocimiento de deuda por una cantidad X sin especificar en el reconocimiento de deuda el origen de la misma y no te paga, ¿ Se le puede reclamar judicialmente otras cantidades que, viniendo de la misma causa no se incluyeron en dicho reconocimiento de deuda debido a que entonces no habría firmado dicho reconocimiento?
Por poder reclamar, se puede reclamar lo que se quiera. No obstante, y si bien en principio con las cantidades reconocidas no habría problema ya que tenemos una documental que las acredita ( el propio reconocimiento) habrá que acreditar de algún modo las cantidades no reconocidas. Y acreditar autónomamente y sin más prueba, salvo que el propio deudor lo reconozca, que no se incluyeron unas cantidades para obtener el reconocimiento de las cantidades que si reconoce es un poco difícil.