Hola, el proximo año contraigo matrimonio con mi novia y queria preguntar una duda, mi novia tiene una deuda con el banco por un prestamo de 10.000 euros, y de momento no ha habido juicio por ello ni orden de embargo, mi pregunta es la siguiente, si le llegaran a embargar cuentas, nominas, bienes.., y yo contraigo matrimonio con ella, seria responsable de la deuda tambien? Me refiero si esa orden de embargo llegara tanto antes como despues del matrimonio. Gracias.
Hola buenos días, si de algo te sirve, antes de casarme tuve una situación similar a la tuya y ante la duda que se me plateaba opté por dirijirme a una notaria y solicitar la separación de bienes y aunque luego pudimos solucionar el problema que teniamos con el banco, pagando claro, tuvimos la tranquilidad que no nos afectaría a ambos en caso de no poder arreglar las cosas con el banco. Espero a verte podido ayudar en algo.
Se denominan bienes gananciales o simplemente gananciales en derecho, a todos aquellos bienes adquiridos por los cónyuges durante el matrimonio, a excepción de los recibidos a título gratuito.
(La herencia durante el matrimonio no se toma como bien ganancial)