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deuda y embargo

10 Comentarios
 
Deuda y embargo
03/07/2006 18:09
A ver. Un hombre me encargo una obra, poner riego goteo en una huerta 10000 euros, 1000m2.
Lo puse, y el hombre ha desaparecido, no existe, me he informado y la huerta es del padre del que me lo encargo, pero esta fallecido. He ido al registro y esta al nombre del fallecido. Presentare una demanda contra el propietario de la huerta, y me imagino que si nadie dice nada, pues el hijo no aparece, se podra embargar, el precio en el catrasto son 1000 euros.
Podria de alguna manera quedarme con la huerta sin acudir a la subasta?
perfil Rus
03/07/2006 18:15
No puede embargar la huerta porque no es del señor, podrá embargar sus derechos hereditarios.

Además, tiene que notificarse la demanda al hijo.
03/07/2006 18:17
y si esta en paradero desconocido.
perfil Rus
03/07/2006 18:24
En algún sitio estará. Con la demanda se dan todos los datos que se tengan del demandado, y se pide que se oficie a distintos organismos para que averigüen el domicilio.
03/07/2006 18:26
Ya lo han hecho y como no lo encuentran lo ha publicado por edicto y lo han declarado en reveldia
perfil Rus
03/07/2006 18:46
Pues tendrá que averiguar qué bienes tiene para designarlos a efectos de embargo, y si no tiene nada a su nombre, los derechos hereditarios.
03/07/2006 18:59
y la huerta que era de su padre fallecido y es el unico heredero y no ha legalizado. se puede embargar.

perfil Rus
03/07/2006 19:14
Tendría que mirarlo, aunque como ya tiene un abogado que le va a presentar la demanda, tendrá que saberlo él (digo yo que habrá estudiado el tema antes de demandar).

En cualquier caso, el C.Civil dice que es válido el embargo de bienes de un tercero si éste no se opone. En su caso, ha fallecido, y si como dice no hay más herederos, no habrá oposición, y parece que se podría embargar.

Espero que haya alguien que haya tenido alguna experiencia en este tema que le pueda echar una mano.
perfil yo
06/07/2006 09:12
y en el caso q el demandado se fencuentre fuera del pais
06/07/2006 10:05
En una ocasión dirigí una demanda contra "los herederos desconocidos e inciertos de xxxx" propietario de una vivienda por una serie de obras realizadas en elementos comunes .... Fueron citados dichos herederos por edictos y ya con la Sentencia condenatoria se procedió al embargo del piso que se adjudicó mi cliente, eso sí, no sin antes tener que darle un pellizquito al "subastero profesional" que se la quería quedar....

Esto fue con la anterio Ley de Enjuiciaiento, la actual es mucho más esctricta en cuanto a la averiguación del paradero de los demandados.
perfil yo
06/07/2006 14:38
explicame algo covafe si las personas tienen dudas con entidades bancarias ( la mayoria a traves de tarjetas de credito ) no tienen bienes inmuebles aqui en Europa y se encuentran fuera del pais en Latino america donde si tienen propiedades se puede hacer algo.