El seguro de vida se considera parte de la herencia,forma parte del acitvo.Si usted no quiere cargas debe renunciar a la herencia firmando la renuncia,tal y como se hace en la aceptación de la misma.
Se puede renunciar a la herencia para no tener que heredar las deudas.También se puede aceptar a beneficio de inventario,es decir que se pagan las deudas hasta lo que cubra el activo de su padre sin perjuicio del patrimonio de usted.
Querido amigo tu caso se solventa de una forma muy facil, lo que debes hacer es renunciar a la herencia o bien si piensas que pueder existir algo, o cuidandote en salud, para evitar que tenga algo y puedas perderlo hacerlo de manera que si las deudas superan el activo de la herencia, de manera que no te hagas cargo de ellas, te dejo mi correo oscarjiro@hotmail.com saludos.
Hola, mi padre era viudo y falleció de muerte natural hace un mes sin dejar nada de herencia (ni bienes inmuebles ni nada) solo deudas , el tenía una cuenta bancaria a su nombre donde cobraba la pensión y varias tarjetas de credito en con un saldo deudor de unos 11.000 euros, hemos ido al banco y este nos reclama a los hijos la deuda pendiente de las tarjetas y el saldo pendiente de cobro de la cuenta bancaria.
¿Puede el banco exigir a los hijos el pago de esas tarjetas (según ellos esas tarjetas no llevan asociado ningún tipo de segruro de saldo deudor)?
¿Que tipo de acciones legales puede hacer el banco para obligarnos a pagar esas deudas de las tarjetas?
¿Que pasos hay que hacer para poder renunciar a estas deudas?
Lo único que dejó mi padre es un seguro vida en caso de muerte de la compañia agrupación mutua que cubre 2000 euros en caso de muerte natural y para cobrar eso nos piden:
-El certificado de defunción
- Certificado de ultimas voluntades
-Testamento ( en este caso no hay nada)
Sl los hijos cobramos el seguo se entiende que aceptas la herencia ¿o no tiene nada que ver?
Agradecería muchísimo vuestros consejos.