La conducta sancionada no será quemar los billetes, sino liarla parda con humo y todo frente a una comisaría, xD, lo mismo daría que quemases cualquier otra cosa, salvo banderas y fotos del Rey.
disculpa david, me aparecio esto y ni me fije de que época era, me interesó ahora justamente por que me estaba haciendo por otros temas la misma pregunta del principio, uy tenia en la cabeza que lo era, aunque no encontré ningun art del codigo penal que lo reprimiera, solamente el 289
es evidente que la construccion juridica del dinero lo convierte en un bien de utilidad social.
las cosas se entienden llevandolas al ridiculo, por ej siguiendo el ejemplo de que alguien, loco, quemara miles de millones. pues eso afectaria la economia y la masa monetaria, ergo lo que es malo mucho, debe ser considerado malo en poco, más alla de la magnitud del reproche.