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Después de un año me entrega copia del contrato para que lo firme

14 Comentarios
 
23/10/2024 09:50
Donnie78
Buenas, un aspecto de la ley que debería reformarse sin duda alguna, hay trabajadores que cogen depresión al primer mes sin cobrar y por tanto piden su baja psicológica, es comprensible, depende ya de cada persona, de si tienen colchón económico, pero realmente alguien puede aguantar 3 meses sin cobrar, si esta trabajando???
19/10/2024 16:53
jrusulon
Me refiero al coste en sentido de que estar 3 meses sin cobrar asta poder solicitar la extinción del contrato, y después posiblemente esperar 1 año para el juicio ....
Así una persona se lo pensaría dos veces antes de demandar, así que por qué se les da a las empresas este derecho? Creen que estar 3 meses sin cobrar y encima tener que ir en mi opinión es como si te echaran, solo que sin derecho a nada.
18/10/2024 00:17
Donnie78
Buenas noches, en el ámbito laboral los trabajadores tienen reconocida la justicia gratuita, no como en otros órdenes que depende de su situación económica. Por eso, si quiere demandar a su empresa le pueden atender los abogados del Turno de Oificio de su lugar de residencia, y por tanto sin abonar nada. La justicia es lenta, sí, pero en su caso no sería costosa.

Un saludo
16/10/2024 04:00
Es que ese es el tema, suena muy bonito lo de demandar y exigir tus derechos. Pero a la hora de la verdad la justicia va muy lenta y una persona normal, no tiene el tiempo ni el dinero para hacer frente a una situación como está. Ahora que pasa los tipos como no firmo me obligan a hacerlo, y el caso es que aunque aparentemente legalmente yo tengo mis derechos, no es verdad porque sencillamente le da unas armas a la empresa para que esa demanda no sea sostenible.
Y que pasa si el juez no estima que puedo faltar ese tiempo?
Quién aguanta 3 meses sin cobrar y teniendo que pagar un asesor?
Esa es la justicia esos son los derechos de un trabajador, como se le permite a una empresa legalmente no pagar un trabajador durante 3meses?
Sld
15/10/2024 12:52
Si el contrato es 100, ordinario por tiempo indefinido, la clausula a la que hace referencia es nula, se tiene por no puesta, (no es que esté inactiva). En cuanto a la extinción del contrato via art. 50 (incumplimiento de la empresa) los tribunales vienen estimándola con tres meses de impagos, pero tenga en cuenta que mientras se sustancia el procemiento, vd. tiene la obligación de seguir prestando servicios, salvo que en la demanda solicite que le eximan de esa obligación y el juez lo estime.
Y ahora, aparte de los consejos legales, no se fie de lo que le digan compañeros. Menos si son elocubraciones.
14/10/2024 00:03
Haber buenas noches, me metí en la sede para ver la vida laboral y efectivamente el CT es 100.
Por otro lado el otro día hablando de nuevo con la jefa, me dijo que por qué no firmaba el contrato que si tenía alguna duda me lo aclaraba. Yo le respondí que había visto una cláusula en la que dice claramente que el contrato se celebra para prestar servicios fijos discontinuos. Ella me dice que no, que tal vez ese contrato es estándar (ya que según ella es el que tienen todos los empleados, y que la asesoría lo usa como estándar). Puede un contrato tener cláusulas inactivas?
En fin yo no sé lo e firmado porque tengo dudas, veréis yo no voy reclamando estar a la fuerza en un sitio si me quiere echar que así sea, pero claro es que si firmo eso me para cuando quiera, y encima ni derecho a prestación.
El otro día le escuché a un compañero que no me Iván a pagar el mes, y por lo que tengo entendido legalmente puede hacer durante 2meses. Después creo puedo solicitar la extinción del contrato pero... Cuanto tarda no se, y luego encima el tiempo en reclamar los dos meses impagos.
03/10/2024 17:39
Lo primero que tiene que hacer es obtener una vida laboral. En ella le aparecerá el tipo de contrato con el que la empresa la dió de alta, aunque vd. no haya firmado ninguno. Si el código del contrato es 100, es ordinario por tiempo indefinido a tiempo completo. Si es 300 es fijo discontinuo. Una vez que sepa el tipo de contrato, podrá actuar sobre seguro. Por ejemplo, si el contrato es 300 podrá ir a la inspección de trabajo argumentando que vd. no ha firmado ningún contrato y sería ordinario, o bien, una reclamación judicial (derechos) para que se declare que su relación es indefida ordinaria. Con ambas actuaciones se "blindaría" en caso de represalias por parte de la empresa.
30/09/2024 03:49
Que la empresa emprendería acciones legales, (esto son bravatas), no hay acciones legales contra el trabajador, se le puede sancionar, (habría que demostrar la sanción), o incluso despedir, (como le dije si denuncia usted primero ante inspección de trabajo, ese despido luego sería nulo, ya está tardando en denunciar).
En cuanto ala inspección, podría usted cubrir un formulario que le darían en Inspección de trabajo pero como desconoce la terminología lo mejor es que acuda usted presencialmente a la inspección y hable con un inspector. (Normalmente la inspección de trabajo tienen un día a la semana de guardia para atender consultas personales y le ayudan hasta a preparar la demanda, éste servicio es gratuito).
En cuanto a la posterior demanda los abogados cobran pero la justicia es gratuita para el trabajador, puede usted acudir a un sindicato en el que por afiliarse le llevarán ellos la demanda, (los sindicatos mayoritarios no hacen esto porque la gente se aprovecha afiliándose cuando tienen un problema y a los 4 días de salir el juicio se borran, pero hay otros sindicatos minoritarios que por conseguir afiliados si le llevarían el caso.
Por cierto a juicio podría representarse usted misma y así salirle totalmente gratis pero dado el desconocimiento que demuestra usted en la materia no se lo recomiendo.
smo
29/09/2024 23:13
Buenas noches la otra semana le dije que no iba a firmar el contrato porque no estaba de acuerdo con las cláusulas( si me lo llega haber entregado en su momento ..) , ella me amenazó y me dijo que el no firmarlo tendría consecuencias legales y que la empresa emprendería medidas legales.
Al caso en caso de cualquier problema como por ejemplo, que me llame y que me diga que no vaya a trabajar más o que no me paguen durante 2 meses...
Que se podría hacer? Qué cuesta poner una denuncia en inspección de trabajo y cuanto tiempo tarda inspección en hacer halgo?
Y en caso de despido disciplinario que suele costar un abogado y que tiempo suele tardar el juicio?
Sld
19/09/2024 04:16
Totalmente de acuerdo con la primera parte de su exposición, sin embargo en éste país el despido es libre, ( solo que cuesta un dinero), por lo que si usted no firma su jefa procederá a cursar un despido disciplinario poniendo en la carta de despido cualquier motivo, por ej bajo rendimiento, usted impugnará ese despido y conseguirá la improcedencia del mismo, con una antigüedad de un año esto supone una indemnización de 33 días y a la calle, si usted interpone la denuncia ante la inspeccion ese despido se convertirá en nulo porque será un despido por represalias, ahí está la diferencia.
smo
19/09/2024 03:43
Jamgrrhh28
Grs por la respuesta.
Haber por lo que yo tengo entendido es que la empresa tiene 15 días para formalizar el contrato, después se presume como indefinido a jornada completa. Es decir no hace falta en teoría llamar a inspección, ya que el contrato existe y está dado de alta. Si me niego a firmar el contrato tampoco puede echarme por eso y si lo hace, tendría que ser indemnizado por despido improcedente(creo). Y claro ella quiere que le firme eso para que las cláusulas que están en ese contrato que nunca existió, sean aceptadas por mi y así poder pararme y aburrirme asta que voluntariamente me vaya.
19/09/2024 00:45
Usted no tiene que comentarle nada a su jefa, usted simplemente no firma y que ella actúe como quiera.
Haga lo que haga su jefa usted debe demandarla por ausencia de cto y en conciliación en el SERVICIO DE MEDIACION ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN aclara que lleva un año sin cto y por tanto está en una situación fraudulenta por la que automáticamente se convierte usted en indefinida a tiempo completo y no necesita firmar nada más, ni un cto que ponga ahora cláusulas de fijo discontinuo no nada.
Por otra parte tb puede interponer denuncia ante inspección de trabajo comenta el hecho de que lleva un año trabajando sin cto y ya le dirán que se acabó la historia, si ahora, por no dar la cara ante su jefa firma, ya habrá perdido su oportunidad. Si ahora quiere que lo firme es porque algo trama y seguro que no es beneficioso para el trabajador..
Si le dice que si no firma la echa, bueno que haga lo que desee que ya reclamara usted, es más antes de verse y hablar con su jefa yo interpondria la denuncia ante inspección y di una vez interpuesta la denuncia proceden a despedirla ese despido será declarado nulo por vulneración de dcho fundamental, (represalias por haber denunciado).
smo
18/09/2024 23:45
Alguien que arroje un poco de luz sobre mi duda?
Es que tengo que darle una contestación a mi jefa de por qué no quiero firmar el contrato, en el que aparecen entre otras cláusulas fijo discontinuo. Y claro yo en su momento es decir hace 1año, no hable de eso con ella y como se nego a darme la copia en ese momento de mi contrato, ignoraba esa cláusula. Y claro pienso que lo que quiere es pararme y llamarme cuando lo necesite, pero a mí eso no me interesa ni es lo pactado.
Sld
13/09/2024 21:08
Puede la empresa después de un año sin formalizar el contrato por escrito, exigir al trabajador que lo firme? Además que sentido tiene? Porque el alta en la seguridad social si que está, que sentido tiene ahora después de un año que me la entregue?
Después de un año me entrega copia del contrato para que lo firme
13/09/2024 01:04
Buenas noches pues veréis, empecé hace un año y poco a trabajar en una empresa donde nunca se me dio ni por tanto se formalizó por escrito, mi contrato de trabajo. Yo le pedí en varias ocasiones el contrato al inicio de la relación, pero ella me evitaba y se ausentaba.
El caso es que después de un año y unos meses me da la copia para que la firme, con la excusa de que quiere que tenga yo la copia que no sabe cómo se pudo despistar, y que se la firme y se la deje encima de su mesa junto con el modelo 145 IRPF.
Yo me negué a firmarla porque porque que yo sepa según la ley la empresa tiene 10 días para formalizar por escrito el contrato, y de no ser así entonces se presume que ya eres indefinido a tiempo completo, con lo cual no me hace falta firmar su copia
Además en la copia hay unas cláusulas, como que por ejemplo en contrato se celebra para fijo discontinuo, es decir que me puede para en cualquier momento de forma legal o llamarme cuando me necesite y tengo que ir ( estoy no fue lo que yo hablé con esta persona en su día). Además debo añadir que se que se me quiere despedir, por comentarios que le oigo a los compañeros.
Mi miedo es que claro si estás señora me para ahora, yo no podría cobrar mi prestación y mucho menos ser indemnizado, que puedo hacer en el caso de que ocurra esto?
Porque al fin y al cabo yo ese contrato que nunca me dejó ver no lo e firmado.
Sld