Entiende sepet que, aunque él se crea que está preguntando (con bastante poco decoro) cómo recuperar "su dinero", lo que en realidad está preguntando es cómo "robarnos". No se trata de ser puritanos, sino de algo que nos afecta a todos como es el mantenimiento del frágil estado del bienestar.
Al igual que no es lo mismo asesorarse jurídicamente tras haber cometido un crimen, no es lo mismo que pregunte como recurrir una denegación, a qué pregunte como matar a la suegra sin dejar huellas o cómo hacerlo para que no te caigan tantos años.
Saludos.
Sepet, primera colleja, pues tu ahora has ejercido de juez y parte con tu opinión sobre los compañeros por decir lo que piensan.
Haberte limitado a dar tu respuesta sin mas, mira este es un foro en el que no sólo participan abogados y en este foro cada uno participa como buenamente puede o sabe y lo hace con el animo de ayudar a un tercero desinteresadamente, pero nos duele ver cuando salen cuestiones de política en las que vemos la demagogia de los políticos por la que tenemos que tragar con todas las adversidades que nos imponen y apretarnos el cinturón mientras ellos, los banqueros y los empresarios comenten auténticos fraudes y o pasa nada, y tampoco podemos estar de acuerdo con la otra parte, la de los que estando en situación de poder trabajar, (con lo que es esto hoy en día), no sólo no trabajan sino que ademas quieren que se les asesore para que puedan cometer un fraude y eso encima es a cosa nuestra porque el paro lo pagamos todos.
Yo cuando escribe un empresario consultando, ¿como puedo hacer para despedir a tal para pagar menos indemnización?, o ¿si le puedo dar la baja voluntaria si tal cosa?, yo contesto intentando meterle miedo en el cuerpo a ver si consigo que desista de su actitud, (los abogados igual tenéis que responder como si de un cliente se tratara), pero yo me reservo el derecho a dar pistas para que echen a un trabajador y por supuesto mantengo el mismo criterio cuando es el trabajador que por las razones que sean "Oye es que me voy a hacer un master al extranjero y quiero que mientras dure el mismo percibir el desempleo", el desempleo como te dije antes lo pagamos todos y no funciona como una beca, por lo que me niego a dar pistas para que sepa como cobrarlo y por supuesto no agradan ningún tipo de defraudadores sean obreros o empresarios políticos y demás.
Por último, decirte que igual tienes razón en una cosa en que a lo mejor, (y yo el primero), si me pusiesen una suma importante de dinero o tuviese un cargo político en el que por mis decisiones me lucrase aunque estuviese perjudicando al resto de la sociedad, pues como te digo a lo mejor ser´ñia el primero en aprovecharme, pero como hasta ahora lo único que soy es un p... asalariado y de mi nómina ya me aplican los pertinentes descuentos pues no me quedan mas narices que ser honrado y es por esto que como no tengo ninguna obligación cuando contesto a una consulta es para ayudar y me niego a ayudar a alguien que encima lo que pretende es defraudarme a mi porque entre otros muchos trabajadores a mi me descuentan para el paro, así que si tu quieres ayudarle perfecto, limítate a contestarle, pero no critiques a los que no somos de tu misma opinión.
Saludos.
Veamos fossy28, su amigo ha cometido el error de presentar una dimisión sin saber que la baja voluntaria no se considera situación legal de desempleo y que por lo tanto no permite solicitar las prestaciones por desempleo.
Las cotizaciones que tenga acumuladas no las pierde, pero no las podrá utilizar en este momento. Tendrá que conseguir un nuevo contrato de trabajo y que en este contrato se produzca un cese de actividad que no sea imputable a su amigo, es decir, que el contrato se termine por fin del tiempo o por despido, pero no por una nueva baja voluntaria.
El único plazo del que habla al LGSS es el de tres meses que es el tiempo que ha de pasar entre la baja voluntaria y el fin de un contrato por decisión del empresario de considerar que el trabajador no ha superado el periodo de prueba. Si pasan 3 meses y es el empresario el que cesa al trabajador en periodo de prueba, estará en situación legal de desempleo y podrá pedir el paro.
La pregunta es ...¿cuanto tiempo debe pasar y cuanto ha de durar un contrato temporal para que al terminar pueda solicitar el paro?. La jurisprudencia habla de tres meses de duración del contrato, aunque hay casos que con menos tiempo se han concedido las prestaciones y otros en los que con más se han denegado por indicios de fraude de ley.
En su caso, siendo el hermano el que contrata hay muchas posibilidades de que el SEPE interprete fraude de ley. Intente buscar un empleo durante tres meses, pero en una actividad similar a la que tenía cuando trabajaba, preferiblemente mediante una ETT conocida, aunque sea cobrando muy poco y no tendrá problema en recuperar sus prestaciones. Conozco casos que se han hecho así.
Por cierto, para los puristas que condenan estos fraudes... ¿que os parece que un despido disciplinario procedente si permita acceder al paro? Si un trabajador dimite voluntariamente no puede cobrar el paro (con toda lógica) , pero si le parte la cara al jefe y le despiden, entonces si ( ¿con toda lógica?). En este curioso orden jurídico no creo que sea una aberración mostrar a la gente distintas posibilidades.
Pues se que me voy a llevar alguna colleja, pero aún no se me ha olvidado lo que me enseñaron durante cinco años en la Facultad de Derecho. Si este es un foro jurídico, además de jueces (que veo que hay muchos) a lo mejor a algunos nos apetece aconsejar como hipotéticos abogados de este potencial cliente.
Si un reo confeso del crimen más despreciable tiene derecho a la defensa, si las grandes corporaciones utilizan bufetes para optimizar fiscalmente sus operaciones y no pagar impuestos, si la administración maneja los plazos de prescripción y silencios administrativos a su conveniencia, si el gobierno hace uso de indultos, no veo el inconveniente de informar sobre lo que se pregunta.
Sería interesante ver los principios de muchos de los que os escandalizáis con estas cuestiones si el cliente os pusiera encima de la mesa una minuta de varios miles de euros.
En fin, sin más paso a dar la que me parece que es una respuesta razonable:
Buenas. Tengo un amigo que ha dimitido del trabajo pq se trasladaba a vivir a otro sitio, y resulta que por dimitir voluntariamente...no te corresponde paro. Estoy en lo cierto? Despues de años y años....luego no tiene derecho a él. Si su hermano, q tiene un bar, le contrata por 3 o 4 meses...entonces sí tendria derecho a paro? Muchas gracias