¿Donde estoy equivocado?, el punto dos habla de que el trabajador podrá extingjuir la relación laboral con dº a las indemnizaciones señaladas en el despido improcedente, y que yo sepa si hay despido improcedetne hay dº a subsidio de desempleo, ¿O no?
Totalmente de acuerdo con lo dicho por Trola. Respecto a la respuesta de jamgpreve hay que tener mucho cuidado con lo que se dice.Si no se esta seguro es mejor no decir nada para confundir.
pedrogp, por supuesto que tienes derecho a PRESTACION por desempleo, ¡ No faltaría más¡
Artículo 208. Situación legal de desempleo.
Cuando se extinga su relación laboral:
Por resolución voluntaria por parte del trabajador, en los supuestos previstos en los artículos 40, 41.3, 49.1.m y 50 del Estatuto de los Trabajadores.
Referencia JURIDICA.
Este art. dice que el trabajador tiene derecho a extinguir el contrato, si no le interesa lo que propone el empresario.
Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades
Por tanto y como ha quedado demostrado este trabajado, tiene derecho a PRESTACION por desempleo.
Artículo 50. Extinción por voluntad del trabajador.
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 de esta Ley y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
Pero no me saca de dudas. Ya que no se hace mencion a la prestacion por desempleo. Solo, que es una causa justa para que yo pueda solicitar la extincion del contrato.
Hola, llevo 9 años en la empresa, siempre con el mismo horario. El miercoles me comunicaron que a partir de el lunesme iban a cambiar el centro de trabajo y el horario. Puesto que no me interesa el cambio, he elegido el despido, con una indemnizacion de 20 dias por año trabajado. Hasta ahí, creo que todo es legal, y nada puedo hacer. Pero mi pregunta es, tengo derecho a cobrar la prestacion por desempleo con este despido? O por el contrario, tendre problemas para cobrar el paro, por no haber aceptado ese puesto de trabajo que la empresa me ofrecia? Gracias.