Aunque da lo mismo que lo solicite la mutua o tú, yo creo que es mejor que lo solicite la mutua. Siempre ha habido gente intentando cogerse una pensión por la cara y en este momento con la crisis más. Que lo solicite la mutua parece que da un poco más de credibilidad.
Puedes poner el número de tu teléfono móvil para que te vayan informando proceso y de cuándo te van a mandar una carta certificada.
A ver espero al menos contigo estar de acuerdo que no quiero influenciarte eroneament, siempre te expongo mi opinion.
Primero si tu crees que es mejor, no voy a ser yo quien te convenza de lo contrario pero si voy a exponerte la razon por la que yo considero que es mejor la mutua.
En todo el proceso de IP, la persona que lo solicita poco puede hacer que hablar y esperar una resolucio.
Si tu vas directamente sin tener la conformidad de la mutua, tanto la ICAM o EVI, como el INSS siempre podran alegar que la mutua no ha dado su visto bueno, o con buena educacion pueden preguntarte como es que te has presentado directamente alli, mientras que si vas a traves de la mutua ya son ellos que te han enviado y por tanto tienes un apoyo delante de los que deben decirdir realmente, suficiente no evidentemente continuas necesitando los informes medicos que muy claramente como alguien a comentado no importa la cantidad sino la calidad,pero eso lo daba por evidente, aunque se ve que todo debe de ser puntualizado.
La mutua me propuso la incapacidad en noviembre del año pasado, pero no perdamos de vista que ese es su trabajo (el de la mutua), o curras o te incapacitas, si estás de baja la empresa asume el coste de la SS por trabajador (y eso es un dinero).
Os lo preguntaba porque ayer, mi médico de cabecera me aconsejó que lo hiciera yo (la solicitud).
Sea como sea, dispongo de los informes de "calidad" del Neurólogo de la SS (y tb de privada, aunque no sea determinante), pero como alguien ha comentado, con la que está cayendo va a ser difícil que admitan la solicitud.
Para mi, el renovar la minusvalía a final de este mes, es el primer paso, ya sé que no es matemático, pero seguramente un tribunal (famoso EVI) lo tiene en cuenta si tienes una minusvalía del 33% (o más), eso seguro. Pero esto es una apreciación mía "subjetiva".
Yo esperaría a la resolución de la minusvalía, ¿y vosotros? (no discutáis por Dios, ;o))) ) ¿alguien esperaría a los 12 meses?(no queda tanto) ¿o iría adelantando el papeleo?
Por cierto, los de la mutua me han dicho que seguramente me den la prorroga de 6 meses ¿?, eso si que me parece una contradicción, pero yo hago lo que me digan los médicos.
Perdonar que irrumpa antes de una contestación, pero me acabo de enterar que mi vida laboral son 14 años y casi 6 meses, es decir, que hasta finales de año no cumpliría con los 15 años.
¿Debo esperar a los 15 años para poder acceder a una pensión contributiva? (porque la pensión no contributiva no cumplo los requisitos)
Si esto es así, cambia mucho lo que tengo que hacer.
Me parece increible que cada vez se tenga que putualizar, pero bueno, que sea asi.
Es evidente que la resolucion depende en ultima instancia de la INSS, es evidente que se tiene que presentar la correspondiente documentacion con calidad no por cantidad, xd, todo es evidente.
Te contesto, el hecho de que tengas los quinze años, ya es mucho, aunque hay la posibilidad de que no sean necearios, pero que te ayuda seguro.
A ver son 14 i poco, como dices, pero el hecho de estar de baja, suma en tu vida laboral,Porque estas de baja?. Por lo tanto, por poco mas ya cumpliras con este requisito, insisto, no es el unico, hay mas, pero ayuda. xd cuantas veces tendre de repetirlo.
Mas, Desde mi modesta opinion y sabiendo que no es compartida por gente mas inteligente que yo, esperaria a la valoracion, y rezaria para que fuera superior al 33%, no es lo unico, pero rezaria..
En lo de los doce meses no depende de ti, si la mutua dice que alarga seis meses tu tienes que acatar, perdon, aceptar. CONTRADICTORIO? buf, que decirte, cuando entras en estos lugares te das cuenta que la ley existe pero es muy variable y muy interpretativa.
Lo de que te admitan la solicitud, no se si va por algun comentario mio, aceptar la solicitud siempre te la aceptaran, otra cosa es la resolucion, eso depende de una cuantas variantes. Podriamos expnerlas en resumen si tu lo crees conveniente, pero me da no se que, que haya alguien vuelva a exiguir que se puntualize, y eso se vuelve a alargar.
No se tu decides dragna. Si quieres intentamos resumir, y nos la jugamos esperando respuestas puntualizadoras de los que saben mucho.
Si la incapacidad permanente no está precedida por la incapacidad temporal o ésta no se ha extinguido:
El hecho causante se entiende producido en la fecha de emisión del dictamen-propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) o en la fecha de emisión del dictamen médico del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas (ICAM) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Los efectos económicos se producen en la fecha de emisión del dictamen-propuesta –o del dictamen médico del ICAM, en su caso o en la de la propuesta de resolución, en función de similares criterios a los analizados para el caso de que el hecho causante se produzca en el momento de extinción de la incapacidad temporal.
Ahora, con esa información tú verás cuál puede ser el resultado en función de cuándo resuelva el EVI/ICAM.
Tengo claro que cuando se está en IT cotizas (por desgracia he estado muchas veces en IT), pero el no llegar a 15 años me preocupa (llegaría a finales de diciembre de este año).
Estoy en IT ahora (llevo 8 meses para 9 a finales de este mes)
Kapitan, no entiendo lo que quieres decir. Perdona, pero soy un poco lento, debe ser el trocito que me quitaron, que no me deja pensar. Siempre he entendido que el "contador de cotización" se para cuando tienes la resolución del tribunal, no sé si te refieres a eso.
Quiero decir que si emiten un dictamen cuando aún no hayas generado el tiempo mínimo de cotización para que te corresponda una IP, es posible que no te la den, aun cumpliendo el resto de requisitos, no magra?
Joche Lui, además de esa puntualización sin ningún valor informativo, solo personal (y con muchas faltas de ortografía, ¡qué dolor!), ¿podrías aportar algo más?
Un segundo o dos de pausa.
Primero joche lui no quiero convertir esto en un tengo razon o la tiene el otro, te acepto tu aportacion y conforta ver que alguien es capaz de entender lo que es el respeto y a que me refiero cuando de forma muy maleducada he mantenido una conversacion o intento con Kapitan.
Dicho esto tengo que ser justo con los hechos, he respondido a Kapitan reiteradamente que no me importa sus criticas siempre y cuando estas conlleven una explicacion entendible( evidentemente llenas de una falta de educacion inaceptable, pero los hechos son asi y los asumo). El problema es que anteriormente solo criticaba sin aportar nada positivo, ahora parece que empieza a aportar algo, por consiguiente en el momento que tu criticas en este caso a Kapitan, puedo aceptartelo, pero debes de aportar algo positivo a lo que dragna a posteado desde el principio, si no, entiendeme desde el maximo respeto no puedo estar contigo, aunque en este caso me, para decirlo de alguna forma, favorezca, no lo encuentro justo ni aceptable y tengo que criticarte por ello y teminar no aceptando tu posteo.
Yo soy una persona que puedo estar acertado o equivocado, eso es asi, podria ser perfecto pero no los soy, si yo defiendo una idea, cual sea, la persona que la ponga en duda debe de intentar como minimo hacerme entender que estoy equivocado, entrar en la falta de respeto, insulto...etc... no lleva a nada..
Gracias, pero no busco que nadie reconozca que tengo razon o no, siplemenete expongo lo que yo se, por experiencia, no por estudios, ni por leyes....
Dicho esto dragna es tu post....
Por el tiempo que llevas, yo iria directamente a INSS, y directamente les plantearia mas o menos lo que estamos hablando.
Por poner un ejemplo, mas o menos como hice yo:
-Hola, Buenos dias.. (lo que sea)
-Vengo porque he hablado con mi asistenta social y me ha comentado que para poder pedir una IP, contributiva, es posible que deba de tener un minimo de quinze años cotizados.
-Eso es cierto?(Te puedo asegurar que te dira que si, pero vamos a dejar que conteste ella, puede que sea posible el no).
Poniedno encima de la mesa los catorce años y seis meses, supongo que ella misma te dara opciones, sino pues se las preguntas, no?
Saldras con una respuesta solida que te acercara un poco mas al final del tunel, el cual quien sabe que hay.
Que conste que esta medio conversacion que te escrito es una opinion, evidentemente pude ser mejorada.....
Asi me olvidaba, Kapitan posible lo es, lo que no tengo tan claro es si es contributiva o no contributiva. Y este detallle marca una diferencia no en la resolucion de la IP, como taL, si no en la cuantia economica que debe recibir si al final del tunel resulta que se le reconoce una IP. Teniendo claro que el camino no es sencillo, sino todo lo contrario, lo mas lamentable de todo es que todos conocemos casos de IP a los que no le han reconocido la IP por las razones que sean, y posiblemente cuando los ves te preguntas y como puede ser. En mi caso concreto te puedo asegurar que yo mismo, y creo que esto no lo oyes cada dia, me pregunto como ha podido ser que me reconozcan la IP, encima total, que puede que ser para algunos sea poco, teniendo claro que el problema en si no es la patologia si no las razones laborables que nadie ni tan solo el inspector de trabajo tiene el valor de analizar.
Y ahi estoy yo con una IPT, teniendo claro que con un mas o menos sentido comun por parte de todos yo deberia de estar trabajando. Pero debes entender como conductor de autobus que soy no voy a aceptar ser barrendero, con todo el respeto, si quien tiene que decidir no esta dispuesto a defender las leyes y que esta dispuesto a no se como salvar legalmente las leyes y concederme la IPT. Si crees que estoy satisfecho, permiteme abusar, pero que equivocado que estas.
No contributiva no puede ser, precisa al menos una discapacidad reconocida del 65% (a ver si van a venir por aquí tus líos, magra?), además de reunir otros requisitos.
Ha de ser contributiva, pero no tiene por qué tener cotizados necesariamente 15 años, depende de la edad que tenga en el momento del hecho causante. No sé si Dgrana lo ha dicho en algún momento.