Hola, quisiera que alguien me aclarara una duda. Tenemos un problema familiar y mucha indignación. Somos tres hermanos y mi madre repartió su patrimonio haciendo que mis hermanos disfrutaran de las propiedades que mi madre les habia asignado pero sin recibir la herencia formalmente es decir sin notario. Ahora resulta que uno de mis hermanos quiere que mi madre le de mi parte y mi madre no quiere, es mas hizo testamento el año pasado y lo dejó todo por escrito ante notario. Él me amenazó con impugnar el testamento y de esto hace 3 años. Pues desde entonces no ha llamado ni ha visitado a mi madre, en todo este tiempo, ni un hermano ni el otro. Desde hace un año mi madre está muy mal en cama y mi hija y yo somos las unicas que estamos cuidandola sin tener apoyo de nadie. Mi hermano dice que lo que tiene que hacer mi madre es morirse ya y ha llegado a insultarnos.
¿ay alguna ley en la que podamos ampararnos y evitar que mis hermanos me quiten lo que mi madre me ha dejado?.
Muchas gracias.
Un saludo.
Te comento el porqué de mi pregunta y la hipótesis que me ronda la cabeza.
Yo lo que veo aquí es que con el fallecimiento de tu madre se disuelve y liquida la sociedad de gananciales. En este sentido, y como mínimo, una cuarta parte del haber hereditario (estamos hablando de Cataluña, donde se aplica el Derecho de Sucesiones no el Código Civil) corresponde a los tres hijos que sois. De suponer que dicho haber hereditario corresponde fundamentalmente con el piso la conclusión a la que se llega es que como mínimo una octava parte del valor del piso os corresponde por legítima a los tres. Ello explicaría el porqué de la intervención de la firma de los hijos en el contrato de compraventa de la casa, intervención que no tendría sentido si el único titular del inmueble fuera vuestro padre.
A falta de un estudio más en profundidad del asunto, que obviamente lo aconsejable es que realice un abogado de vuestra zona, lo primera y provisional conclusión a la que llego es que el contrato de compraventa es rescindible pues no intervienen en el mismo todos los titulares del bien objeto de la venta (en este caso los dos que no habéis firmado) y que desde luego siempre será más cómodo que os den la parte que os corresponde (dices que no os ha dado la parte de legítima) que andarse con historias de juzgados.
En lo que tiene que ver con las intenciones que dice manifiesta de desheredaros obviamente no puede hacerse nada hasta que se produzcan primero el fallecimiento (desde luego nunca deseable) y luego la apertura de la herencia. A partir de ahí y con lo que haya es cuando cabrán las acciones impugnatorias que procedan. En cualquier caso tanto el C. Civil como el catalán de Sucesiones son claros respecto a la legítima. Es decir: nunca se pierde salvo por las causas previstas legalmente (negar alimentos, malos tratos, etc., etc.)
Todos tenemos residencia en Cataluña, y el hijo al que quiere dejar en único beneficiario no sé si firmó para la venta de la casa, es el mayor y sé que recibió algún dinero en aquel momento, pero no porque el lo haya dicho.
Ahora, mi padre va a hacer un nuevo testamento, pero se ha ido a vivir a otra provincia española (Extremadura).
Mis padres, casados en Cataluña (bienes gananciales), hicieron testamento que nombraban heredero universal, uno al otro.
Fallecida mi madre, el heredero universal paso a ser él.
Ha vendido el piso que tenian y los hijos no hemos podido hacer nada, y tampoco nos ha dado parte de la legítima porque en vida no se puede reclamar la herencia.
Entonces, ahora quiere cambiar el testamento y hara que 1 hijo sea el beneficiario, dejando fuera a los otros dos.
¿Que podemos hacer?, ¿nos esta desheredando?
A la larga, que pasa con la legíma materna y la paterna.
No se si me he explicado pero a los que quiere desheredar no firmaron nada para la venta de la casa, ni nada.