Acriton, este señor es viudo y su único heredero forzoso es su único hijo.
Rafael HJ, las sustitucione fidecomisarias es la única alternativa que había encontrado ya que las donaciones en vida sólo pueden traerse a colación cuando concurren otros herederos forzosos.
ver el Artículo 782 Cc y ss.
Las sustituciones fideicomisarias nunca podrán gravar la legítima. Si recayeren sobre
el tercio destinado a la mejora, sólo podrán hacerse en favor de los descendientes.
No hay nietos, bueno, me comentaban que la mejor alternativa quizás sería una sustitución fideicomisaria por la que no puede vender los inmuebles que hereda y ha de dejarlos para sus descendientes pero no se si las sustituciones fideicomisarias pueden hacer sobre toda la legítima o sólo sobre le tercio de legítima estrictica.
Estos temas sucesorios suelen ser peliagudos y complejos. En cualquier caso es conveniente el consejo de un profesional y, si el patrimonio es tan alto y la esperanza de vida tan corta, lo aconsejable es hacerlo cuanto antes.
No han llevado el asunto al juzgado. No le queda mucho tiempo de vida y su relación ha sido siempre tormentosa y quiere ver la forma de que si el hijo impugna el testamente le quede lo mínimo posible.
En fin, estos malos rollos de la vida.....
Amparándose en el artículo 853 del CC un padre decide desheredar a su único hijo por haberlo injuriado gravemente de palabra. El prevee que el hijo impugne el testamento y como quizás los herederos no podrán demostrar estas injurias la justicia pueda anular anular la desheredación.
Dos tercios de su patrimonio (que es notable) deberían ser para su único hijo en el hipotético caso que la justicia lo nombre a él legitimo heredero. ¿Hay alguna formula para que este hijo reciba el mínimo patrimonio posible o con las máximas restricciones? ¿sustituciones fideicomisarias serían quizás la mejor vía? Me gustaría saber si conocéis alguna mejor para restringir al máximo el patrimonio que este hijo reciba.