¿Se puede desheredar a un familiar (parentesco primer grado) por haber infringido malos tratos reiterados (aunque es difícil de demostrar -los malos tratos dentro del núcleo familiar se “tapan”, o por vergüenza, o por otras razones-), en beneficio de familiares que por orden legítimo corresponde (segundo grado)?. ¿Cómo hay que proceder en la redacción del testamento para que ese maltratador no obtenga nada de la herencia de su maltratado?. Gracias
Según me comentó una vez un abogado, se consideran tres partes de la herencia: la legítima, la de libre disposición y la de mejora. De las dos últimas puede el que hace testamento disponer libremente, pero el tercio de la legítima ha de otorgarse a los herederos legítimos, salvo causa muy justificada por la que se les pueda privar de heredar. Un notario le puede orientar mejor.
Si no hace testamento, sólo pueden heredar los herederos legítimos, y la totalidad de la herencia.
Resulta "chocante" que una persona no pueda disponer libremente de sus bienes, para dejarlos a quien crea oportuno. Si tiene esa libertad de hacer en vida lo que quiera con su patrimonio, también habría de tenerla en la designación de sus herederos y sus bienes. Yo no acabo de comprenderlo. Hay casos de ancianos que están totalmente abandonados por sus hijos, y hay otros familiares, o amigos, que sí que los cuidan, y a la hora de heredar a éstos no les corresponderá nada, si no hay testamento, y los que abandonaron a sus padres, se llevarán la herencia. También conozco casos de varios hermanos de los que sólo uno se preocupa de cuidar y atender a sus padres ancianos, y con mucho esfuerzo y sin ayuda; pero luego todos los hermanos heredarán a partes iguales, también los egoistas insolidarios que nunca se preocuparon de las necesidades de sus padres, y que sólo acuden a la hora de repartir el dinero. Habría que modificar la ley, para que fuera más justa.