Buenos dias: tengo que demandar a un inquilino de un contrato de arrendamiento que hicimos mi esposa y yo como propietarios de una casa. Me pregunto si tenemos que demandar los dos o puedo hacerlo yo sólo. Gracias.
Vd, solo es suficiente dado que cualquiera puede actuar en nombre y defensa de los intereses comunes.....eso sí, si figuran dos inquilinos, demande a los dos...cuesta lo mismo.
Manuel 44. Si en el contrato SÓLO APARECE UNO de los cónyuges como Arrendatario deberá dirigir la demanda contra él.
Si el otro cónyuge aparace en el contrato como FIADOR O AVALISTA PERSONAL, en función de la acción que ejercite tendrá que dirigir también la demanda contra él.