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desempleo

5 Comentarios
 
Desempleo
24/07/2011 20:37
Hola, Me gustaría que alguien me aclararse porque a los autonomos le dejan cotizar para desempleo y los del regimen de asimilado lo han dejado fuera.
24/07/2011 23:25
a qué llamas "regimen de asimilado"?
26/07/2011 13:22
Bueno esto es un regimen especial de cotizacion que contempla la seguridad social, cuando no esta en el regimen general o en el de autonomo
26/07/2011 15:46
entiendo que es la seguridad social que te vas pagando por tu cuenta para poder tener derechos en un futuro a pension, invalidez, etc...
¿tu por qué crees que están fuera? pues para evitar que se haga lo que estás pensando.

Y que no te equivoquen, no los han dejado fuera, es que nunca "han estado dentro"
26/07/2011 19:42
Es posible no lo haya explicado bien pero, el regimen de asimilado la seguridad social la paga la empresa igual que si fuese el regimen general, la unica diferencia es que no te dejan cotizar por desempleo. son caso especiales incluso para ser adminisitrador de una sociedad sin tener participaciones en ella debe estar en el regien de asimilado.
26/07/2011 20:39
De todas formas la cuota por desempleo del autónomo y la del trabajador por cuenta ajena son, en mi opinión y a falta que se defina muchas cosas cuando llegue el momento de que haya autónomos con posibilidad de cobrar por cese en la actividad, de distinta naturaleza. No creo que se puedan computar conjuntamente ambas cotizaciones si hay pluriactividad. Dudo que haya muchos autónomos que paguen la ridícula cuota para recibir la rídicula prestación que pagaría, por otra parte, las mutuas.

Eso sí, el titular de prensa: "los autónomos pueden cobrar el paro" queda muy bonito. Saludos.