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descontarme por mi sustituto

37 Comentarios
Viendo 21 - 37 de 37 comentarios
10/08/2015 19:59
Falto esta parte aquí la tiene, determinación de la base de cotización a la segurida s.s y con setos de recaudación conjunta y de la base sujeta a la retención del I.R.P.F... 1 base de cotización por contingencias reúne ración mensual 985.42 prorrata pagas extraordinarias 143.16 base de incapacidad temporal no pone nada. base de cotización a la seguridad social 1.128.58 .
2 base de cotización por contig profesional A.T y E.P y conceptos de recaudación conjunta desempleo formación profesional fondo garantía salarial 1.128.58. Base de cotizacion adiconal por horas extraordinarias no pone nada. base sujeta a retención del I.R.P.F. 1.093.60 base I.R.P.F. por retribuciones en especie 34.98 total aportación empresarial 351.54
10/08/2015 20:01
Hay tiene la nomina completa..ahora si quiere le copio la de julio...así las puede comparar las dos.
10/08/2015 20:37
1 al 21 de julio. Percepciones salariales Salario base 200.43, paga extra de verano 16.70 paga extra de navidad 16.70 Bolsa de verano 17.89 manutención 8.16.
2 Percepciónes no salariales: plus lavado ropa 2.43 calzado 1.02 complemento enfermedad común del 8 al 13 y del 21 al 31, 110.74
Enfermedad común del 8 al 31 491.17.
A: -Total devengado 865.24
Deduciones: Aportación del trabajador a las cotizaciones a la seguridad social y conceptos de recaudación conjunta.
Contingencias comunes 4.70 % 52.60 desempleo 1.55 % 17.35. Formación profesional 0.10 % 1.12. Horas extraordinarias fuerza mayor no pone nada. Otras horas extras no pones nada.1 total aportaciones 71.07 2 I.R.P.F. 0.00 % 3 anticipos no pone nada. 4 valor prod.en especie 8.16. 5 otras deduciones no pone nada.
B:- total a deducir (1+2+3+4+5) =79.23
Líquido total a percibir A -B = 786.01
Determinaciónde la base de cotización a la s.social y conceptos de recaudación conjunta y de la base sujeta a retención del I.R.P.F y aportación a la empresa.
1 . Contigencías comunes.
Remuneración mensual 229.83 prorrata pagas extraordinarias 33.40 Base de incapacidad temporal 855.74. Base de cotizacion a la s.social 1.119.74 , 23.60 % 264.10. Base exp. Regulación empleo no pone nada.
2:- contingencias profesionales y conceptos se recaudación conjunta.
Base contingencia profesionales 1.119.07
AT y EP 1.25 % 13.99
Desempleo 5.50 % 61.55
Formación profesional 0.60% 6.71
Fondo garantía salarial 0.20 % 2.24
Cotización adicional horas extras no pone nada
Base sujeta a retención del I.R.P.F 857.08
Base I.R.P.F por retribución en especie 8.16
Total aportación empresarial 348.59.
Ahí tiene toda la nomina ahora si con todos los datos me.puede ayudar se lo agradecería...según mi jefe me seguirán descontando y cada ve más...gracias por su ayuda.
10/08/2015 21:19
Pues ahora si que me he perdido, tengo que asimilar esta nomina y hacerlas mirando el convenio con tranquilidad, usted esta mezclando los conceptos y por eso me lio, el 23 60% es de aportaciones a la SS pero de la parte que pone la empresa usted complementa esa cantidad con el 4,70 lo que hace la aportación total de 28,30%.
Lo curioso es lo del IRPF, Tiene alguna minusvalía o algo por el estilo? Que pueda tener exención de IRPF?
Luego dice que en la Base por Cont. Con. no pone nada, es igual porque nos vale la de cont prof.
Solo un par mas de preguntas digamos tanto el bruto como el liquido a percibir de la nomina del mes al de la baja y tb la fecha de comienzo.que fue el 07/07/2015?
Así podre rehacerlas y ya puestos las haré con todo el proceso de la IT, a ver si me cuadran con las suyas.
10/08/2015 21:28
No, no tengo ningún tipo de minusvalía según mi jefe dice que eso no afecta al igual que usted me parece raro de echo pedí hablar con el asesor y no nos ponen en contacto con el..la baja fue del 8/07/15 en total devengado 1128.58 y total líquido a percibir 1021.94
10/08/2015 21:30
Y si a usted no le cuadra imagínese a mi..
Gracias pero es todo lo que me sale en la.nomina..
11/08/2015 16:46
Yanibel me pondré con lo suyo y realizare sus nominas, una cosa, puede indicarme los totales de bruto: A. Descuento: B y Liquido tanto del mes de junio como del de la baja., otra cosa tras su accidente requirió el mismo hospitalización?
Mire he empezado por mirar el Conv. Colect. Prov. de Las Palmas 2013 y 2014 y en su art 20 y para empezar. (léalo), la IT derivada de enf.. Común o Accdte NO laboral, las empresas deberán complementar desde el 2 día de la IT hasta el 90 con el 90% del salario excluido del mismo solamente el plus de festivos y domingos y di hubo hospitalización compensarán o complementaran hasta el 100%, por tanto le recomiendo que se dirija al Comité de empresa o al delegado de personal para que le digan a la empresa que están incumpliendo convenio y si no acuda a un sindicato, no solo por los sueldos y salarios de éste tiempo en el estará usted de IT sino por lo del IRPF, sigo sin comprender el porqué de sus nominas.
SMO
11/08/2015 17:29
Hola..no, no tuve hospitalizacion, lo que a mi me sale en la nomina es A total devengado 1128.58 B total a deducir 106.64 líquido a percibir 1.021.94..esto es lo de junio antes de la baja..ahora julio en baja A j total devengado 865.24 B total a deducir 79.23 líquido total a percibir 786.01...nose si se refiere a eso..y contando con lo que me a dicho iré a comisiones obreras...gracias.
11/08/2015 17:35
Bueno poco a poco voy descubriendo cosas, su sueldo es con las pagas extra incluidas por lo que su sueldo bruto para el año 2015 son 13542,96 € por lo que el liquido será de 12065 € con lo que usted, para el caso de un trabajador soltero, sin minusvalía, menor de 30 años y sin hijos, me sale que durante el año tendría que pagar un IRPF de 618 €, lo que nos da un tipo medio sobre el sueldo bruto de 4,56%, ( los datos son aleatorios pero es para hacernos una composición de lugar.
11/08/2015 17:37
Soy soltera mayor de 30 y con dos hijos por si le sirve...
11/08/2015 18:16
Bien, entonces hagámoslo bien, soltera, Cuantos años? Hijos 2, alguno menor de 3 años, alguno menor de 25, que convivan con la unidad familiar y no tengan ingresos, alguno con minusvalía entre el 33% y el 65%, alguno que supere esa minusvalía el 65%?
Con estimo será mas que suficiente
11/08/2015 18:19
33 años dos menores de 13 y 8..no tienen minusvalía ninguno. .
11/08/2015 19:03
Bueno con esos datos sale para el año 2015:
Sueldo Bruto 13543.
Sueldo neto 12575.
IRPF Total anual 108 €
Tipo IRPF sobre el sueldo bruto 0,80 %
Vamos que a lo largo del año tendrán que retenerle 108 €
Eso si ahora estando usted de IT y dependiendo de la duración de la IT percibirá menos bruto por tanto le corresponderá menor cantidad aún.
Bueno una duda solucionada el IRPF que me traía loco.
11/08/2015 19:11
Ok..y seguirá descontandome de la nomina por mi baja como el me dijo que seguirá descontando y cada vez más. .o el próximo mes cobraré el.100% sustituto no me an puesto..
11/08/2015 20:04
Olvídese del sustituto se lo pongan o no usted no tiene que poner un duro de su salario.
Según el art. 20 de su convenio no le están pagando lo que deben y por tanto ellos seguirán haciéndole la nomina mal y tener usted que demandar interponiendo una reclamacion de cantidad por la diferencia entre lo que Le están pagando y lo que deberían de pagar, pero viendo lo que le dicen pues como que dudo que sin reclamársela vía juzgado de lo social, déjelo usted en manos del sindicato, por cierto no ha dicho si esta afiliada o no, si lo estuviese la reclamacion le saldría gratis si no lo esta le cobran un porcentaje de la cantidad reclamada.
Olvídese de todas las milongas que le cuenta su jefe y asegúrese del convenio que tienen que aplicarle, pudiera ser que su empresa estuviera fuera de convenio, pero bueno eso mejor pregúntelo en el sinficato.
11/08/2015 20:12
Ok...entonces por lo tanto no me tirme que descontar más...no? Esque según el las nominas las hace el aseso y ya viene así. .
11/08/2015 21:23
Las haga quien las haga las esta haciendo inaplicando el convenio en su articulo 20 y por tanto las están haciendo mal, pero no querrán reconocerlo. Mire cuando un jefe le dice en su cara que por caer de baja tienen que contratar a un suplente y saldrá de su sueldo el pagar a este suplente es que lo que quiere es estafarla y no lo va a reconocer ni por activa ni por pasiva, tras una demanda de avendrá a razones y mas si le denuncia ante inspección de trabajo por ese intento de fraude.
Acuda al sindicato ellos pueden solucionar el problema din tener que interponer demandas.
11/08/2015 21:51
Ok...gracias