Muchas gracias por las respuestas. Me pondre en contacto con un abogado.
El piso lo tengo en Madrid y yo vivo en otra provincia, podrian orientarme sobre un abogado especialista en renta antigua, de Madrid?
Un saludo
Hola teresa. La cuetión por usted planteada no es en absoluto pacífica. La Jurisprudenca( incluida la del Tribunal Constitucional) hace una interpretación dispar sobre la necesidad o no de la notificación de la subrogación del cónyuge.( art 16.3 LAU 1994)
Mi consejo es que acuda a un profesional de la abogacía y le exponga con todo detalle el su caso. En su caso, por ejemplo,el hecho de haber estado 5 años cobrando la renta al cónyuge supérstite podría ser interpretado como que usted conocía, aún sin notificación, la subrogación del mismo.
Vuelvo a escribiros, por favor si alguién me pudiera orientar.
Propietaria de un piso,que esta alquilado con contrato 1961 (renta antigua).
Fallecido el inquilino en el año 2000. su esposa no me ha notificado que quiere la subrogacion. Le requiero por telegrama en el año 2001, por si desea la subrogacion y no me contesta.
Puedo llevarla a juicio e intentar desahuciarla, por no habermelo notificado?
Entiendo que según la Ley, si, pero me gustaria que me lo ratificarais y si hay alguna jurisprudencia al respecto.
Mil gracias por anticipado.