Hola, quisiera formular una cuestión por si alguien puede contestarme.
Soy presidente de una comunidad de vecinos desde hace unos meses. Hace tiempo se solicitó que se pidieran presupuestos para realizar diversas obras, estos presupuestos se pidieron pero nunca se enseñaron ni sometieron a junta, sólo se comentó que sumaban 70,500 euros y que cada vecino tenía que pagar 1,500, se sometió a votación y se aprobó la derrama, sin enseñar presupuesto alguno.
Ahora se quiere llevar al juzgado el tema porque hemos incumplido la derrama y hemos alegado que no se han enseñado los presupuestos, que algunos (ya que al ser presidente los he visto) no incluyen iva ni CIF y comentan que no es necesario y por eso no queremos hacer la derrama.
¿Nos pueden obligar a pagar una derrama sobre unas obras que no se ha presupuestado correctamente ni se han aprobado por los vecinos?
Buenos días escodaes, en menudo problemón te has metido¡. Siendo presidente lo tienes bastante fácil, antes de llegar al juzgado, donde desde mi humilde punto de vista, perderíais y con razón. Para aprobar una derrama hay que tener una causa justificada, haberse solicitado presupuestos a diversas empresas con sus correspondientes CIF y el correspondiente IVA, haber hecho llegar a todos los vecinos los mismos, la realización de una junta para decidir entre todos los propietarios que presupuesto se ajusta mejor y, desde luego, si es cerrado, el haber votado y haberse aprobado. Como parece ser que "sólo se comentó" se puede llegar a pensar muchas cosas de donde ha ido a parar ese dinero... mis preguntas son: ¿se han realizado algunas de las diversas obras que dices? ¿pagáis a partes iguales o por coeficientes?. Yo de tí convocaría una junta extraordinaria para tratar el asunto, si no se ha empezado ninguna obra, volvería a solicitar presupuestos y actuaría conforme indica la Ley. Evita por todos los medios posibles dando alternativas a esas personas que se niegan o, perdona ¿que quieres decir por "incumplimiento" a quien habésis incumplido?
Estimado JVA229, gracias por tu comentario inicial.
Vamos a ver en una primera junta varios vecinos solicitaron que se realizaran una serie de obras. se comentó que se iban a pedir los presupuestos. Pasados unos meses en una junta el anterior presidente indica que se han pedido los presupuestos y qie el montante asciende a 70,500 euros y que por tanto a 1,500 por vecino, todo ello sin presentar presupuestos, proyecto ni someterlo a votación.
Se abre un plazo de 6 meses para abonar dicha cantidad. Pasada esa fecha en una asamblea extraordinaria se comenta que ha pasado la fecha y que han pagado 21 de los 47 y se somente a votación denunciar el impago, de lo que para mi es una derrama sin justificar ante los hechos.
Cuando asumo la presidencia, en esta última junta, me hago con los presupuestos y veo que se han pedido sin IVA, CIF, con apartados sin presupuestar, etc.
Sobre tus preguntas, no se ha iniciado ninguna obra (¡menos mal!) dicen que pagamos a partes iguales porque hace unos años se voto, pero el administrador no tiene ese acta ni el libro.
El proximo martes hay una junta extraordinaria convocada por los vecinos para destituirme por no haberme movido en la denuncia, pero ante lo visto he preferido informarme de todo lo que he podido, en el que sólo han pasado dos meses y medio, pero quieren hacer esto.
Ya me dices que te parece, porque de momento es un lio tremendo.
escodaes, muy mal el llamar al administraidor, pues seguro que es él quién está detrás d etodo ésto. Ya sabe, las comisiones, y no obreras precisamente.
Mire el último acta d ela junta y el orden del día de la convocatoria.
Si no aparece qu ese le nombra administrador al administraidor, le puede echar, ya que no ha sido renovado.
Buenas tardes escoades, primero decirte que los procedimientos anteriores iniciados para dichas obras son correctos, pero lo que ya no es CORRECTO es que el anterior presidente no presentara en junta los presupuestos ni proyecto. Está clarísimo que los vecinos que no habéis realizado el pago de la derrama lo habéis hecho porque no hay un acta que avale estos hechos. Es más, si todavía no se ha realizado ninguna obra deberías averiguar que ha sucedido con el dinero que han puesto los 21 vecinos. Que yo sepa ninguna obra se paga antes de iniciarla y, desde luego, el montante es muy alto. Lo que debes recabar es toda la información necesaria para que puedas defenderte en esa junta del próximo martes. Como eres el presidente puedes solicitar un extracto bancario con todos los ingresos y los pagos y los puedes cotejar con las facturas, recibos... etc. que obre en poder de la administración. Pero ten presente que muchos administradores son muy listos así que deberás hacer además, de detective, llamando a aquellas empresas que te resulten raros los pagos que la comunidad haya realizado solicitándoles la documentación que creas necesarias para la contratación de esos servicios ya pagados. En internet, puedes consultar la ley de propiedad horizontal, deberes y obligaciones del presidente de la comunidad, de los vecinos y del administrador o sercretario, etc. Lo que te recomiendo que seas más listo que los vecinos y que el administrador dándoles las menos posibles explicaciones y soltándolo todo en dicha junta. Espero haberte ayudado. Suerte.
Sobre el dinero no hay problema puesto que esta en una cuenta y no se ha tocado.
Lo que quiero saber es si debemos ingresar el importe de la derrama aprobada o si nos podemos negar. ¿Se puede denunciar además a los que no han pagado la derrama?
En la Junta del próximo martes he pensado leer el escrito remitido por burofax, exponer los presupuestos sin iva, leer las anteriores actas, que dejan en evidencia el proceso, y poner entre las cuerdas al administrador puesto que como tal debería haber hecho el trabajo con todas las garantías legales y no dejando tantos flecos al aire.
MUCHAS GRACIAS por asesorarme, para mi la verdad es que ha venido todo de golpe y lo que más me preocupa es que quieren destituirme y el que se presente como presidente haga las cosas mal.
Contestando a tu pregunta, decirte que os podéis negar hasta que realmente no esté aprobado en junta conforme a lo que la Ley de Propiedad Horizontal indica, de todas manera te copio el artículo 18 que dice: Artículo 18: 1. Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los Tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos: a) Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios. b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios. c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho. 2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios. Puedes verlo completamente en www.comunidades.com
Una última consulta, en esta Junta extraordinaria que se va a celebrar el martes se han recogido firmas para que conste en el orden del dia mi destitución como presidente, sin alegar motivo alguno.
Verbalmente le han comentado al administrador que es porque se voto el denunciar a las personas que no habían pagado y yo no he procedido a firmar la denuncia, hecho que no he realizado al ver la situación de los temas expuestos.
¿Pueden echarme? ¿Puedo recurrir si se vota? Además el administrador me ha comentado que como tenemos la deuda de la derrama esta que he comentado no podremos votar, que a el le conviene por como se ha desarrollado el tema.
Estimado escodaes, deberás tener un gran poder de "seducción oral" para convencer a tus convecinos, en realidad no es justo que pagues los pecados de otros. Desde mi punto de vista, y no soy abogado/a ni nada por el estilo, pero ante todo lo que has comentado y recapitulando entiendo que: PRIMERO: los presupuestos debían haber sido presentados a todos los propietarios, escogido uno y presentado a votación en junta y reflejado en el acta. SEGUNDO: La forma de pago, dependiendo de que tengáis estatutos o no, la forma de pagar las cuotas comunitarias así se debería haber hecho los cálculos, si las cuotas son a partes iguales, perfecto, si no he entendido mal esto es lo únicio de lo que ha quedado constancia. TERCERO: SI pasado los 6 meses no se ha realizado obra alguna, deberías preguntar ¿si tan urgentes eran las reparaciones, porque no se han empezado ya a realizar?. CUARTO: Ten en cuenta que cuando tú contratas un servicio de obras, reparaciones, etc. hasta que no te lo hacen tú no pagas, ejemplo, se te estropea la lavadora, llamas al técnico, te la mira, te la repara y te presenta factura y pagas. Sí nada más llegar ya te presenta la factura para que primero le pagues sin tan siquiera saber lo que le pasa ¿tú le pagarías? esta claro que no. Pues bien esto sucede con todo lo que nosotros a nivel particular contratamos y es lo mismo para las comunidades, si para nosotros que pagar lo mejor que podamos encontrar a un precio más asequible nos pasará lo mismo para el bien comunitario. Quiero decir, que cada empresa tiene una forma de pago y negociable, a la firma del contrato se puede pagar %, al empiece de las obras otro % y cuando se finalicen negociarlo, porque habrá que tener en cuenta que el trabajo realizado por ellos haya quedado dentro de lo bueno, porque si han hecho una "chapuza" y le habéis pagado completamente, será imposible reclamarles nada y deberéis volver a arreglar los estropicios. ¿no te parece que es una pérdida de dinero y tiempo?. Bien con lo que si te pueden echar, si consiguen la mayoría porque les han "lavado el cerebro" por alguna cosa y si, tus vecinos son mayores (de 60 años en adelante) resulta mucho más fácil contarles una "trola" y que se la crean sobre todo si viene por una parte... (a entender como se quiera)pues sí, no te voy a engañar, pero sabes todavía puedes hacer campaña creándoles dudas razonables: ¿no os parece raro que no se hayan empezado las obras, si tan necesarias eran? o "Estoy tan hecho polvo con todo este asunto, que comentándolo con mis amigos, me han dicho que si los propietarios no tenemos constancia de los presupuestos, del proyecto de obra o todo eso, y sí además de no tener en nuestro poder esas cosas, no hay constancia en el libro de actas de su aprobación, mi pregunta es ¿por qué no se hizo?". A nivel particular y, como te he dicho, no soy abogado/a, te aconsejo que de aquí al próximo martes, te hagas una fotocopia del libro de actas, presupuestos, facturas... de todo lo que puedas para justificar, si logran destituirte y os llevaran a juicio, porqué no habéis realizado los pagos de dichas derramas, para así tener pruebas suficientes. Además, como hasta que se haga efectivo el nombramiento de un nuevo presidente, tendréis tiempo suficiente para presentar vosotros una demanda a la comunidad por ¿improcedencia? No se donde vives, pero si es en Madrid puedes ir a Plaza Castilla a los Juzgados que hay abogados para estas consultas y, además coste cero. De todas maneras, también podríais llegar a un acuerdo los 21 vecinos que no habéis pagado y realizar los trámites para consignar ese importe en el Juzgado a la espera de que se resuelva este embrollo. Decididamente, no se si te habré ayudado, vuelvo a reiterar que no soy abogado/a, te aconsejo que mantengas una mente abierta, que veas todos los ángulos del problemas con todas sus posibilidades y contradicciones. Piensa siempre en positivo y si te lees bien la Ley de Propiedad Horizontal, y los artículos del Código Civil y Penal a los que hacen referencia, verás que tienes más posibilidades de ganar que de perder. SUERTE.
Hola de nuevo JVA229. Las obras no han empezado puesto que se acordó´´que hasta que todos los vecinos no hubieran pagado los 1500 euros no empezarían, lo que ocurre es que nos reclaman una derrama de 1500 euros sin presupuestos aprobados, sin proyecto y sin haberlo enseñado a los vecinos.
Vamos a ver, es perfectamente posible, legal e incluso habitual, pedir una derrama para un tema determinado sin aprobar presupuesto, porque una cosa es la forma de obtener el dinero y otra la ejecución de la obra.
Por ejemplo, en este caso, se estima que puede costar unos 70.000 euros y que será 1500 por persona, pues se puede aprobar la derrama para obtener los fondos y, a posteriori, aprobar el presupuesto en cuestión entre las propuestas que haya.
No es posible empezar la obras sin la aprobación del presupuesto, pero sí es posible establecer una derrama para un tema determinado puesto que son dos cosas distintas.
Si está aprobada la derrama, aún sin estar aprobado el presupuesto concreto, se puede demandar a los que no hayan pagado, pues está aprobado en junta y no se ha impugnado.
TN yo considero que es legítimo reclamar un dinero siempre que sea para una provisión de fondos, pero en este caso es para acometer el total de las obras que no se puede saber porque no se ha enseñado ningún presupuesto y ni siquiera se han solicitado los tres que se demandaban por cada obra.
Además creo que un administrador no puede actuar a salto de mata, sino con conocimiento de causa. El a mi me ha comentado que los que se ha aprobado es la derrama, pero dada la fragilidad con la que se ha calculado todo lo pongo en duda, sobre todo porque hay que desembolsar 70.000 euros y no se puede hacer por la cuenta de la vieja, ni siquiera redondeando; como han hecho, cada presupuesto para posibles imprevistos y aspectos no presupuestados.
Además ellos ya tienen muy cerrado quies es el que va a acometer cada obra, puesto que son conocidos "que no les van a fallar y que les dan todas las garantías", cosa que pongo en duda ya que como los presupuestos no cumplen con el CIF, IVA etc, si se comienza una obra estaremos condenados a que nos suban el importe si quieren.
Por cierto TM no serás Rafael?? Porque sería ya muy fuerte que hasta en el foro me cuentes lo mismo.
Por favor si alguien más puede orientarme lo agradezco, puesto que es mi primer piso y la primera vez que entro en el mundo de las comunidades, y me da la sensación que se estan aprovechando de eso.
Mi opinión es que sí se puede aprobar una derrama a futuro, y que se especifiquen las cantidades que cada copropietario debe adelantar. Lo que no he visto es si esa derrama consta en acta. Si fuera así y nadie impugnó el acuerdo en su mometo, el acuerdo es firme.
Pero coicido con el veterano discolo, el administrador tiene mucha culpa de todo esto porque es un profesional (debe ser conocedor de la ley y sus procedimientos) que está a disposición de los que les paga, es decir, los copropietarios, y debería se él, el que debiera dar respuesta a todo este tinglado.
escodaes, hasta ahora la actuación es correcta y legal.
Si llegado el momento de realizar las obras, no se ha aprobado ningún presupuesto, entonces podrás empezar a actuar legalmente y paralizar el tema, pero ya te digo que, hasta el momento es todo correcto.
Sobre todo una cosa muy importante, dices que "sólo se comentó que sumaban 70,500 euros y que cada vecino tenía que pagar 1,500, se sometió a votación y se aprobó la derrama" y si nadie impugnó, es válida y, por tanto, si te reclaman el importe judicialmente, tienen las de ganar.
Dices también "ellos ya tienen muy cerrado quies es el que va a acometer cada obra, puesto que son conocidos que no les van a fallar y que les dan todas las garantías", pues bien, llegado el caso, primero tendrían que aprobar el presupuesto exacto, puesto que es posible que con lo 1500 por cabeza, ni os llegue y, para poder empezar la obra y, sobre todo, para poder reclamar la diferencia, debe estar aprobado.
Resumiento, debes pagar esa derrama porque está aprobada. Si se inician las obras y no está aprobado el presupuesto, entonces si puedes actuar contra esa actuación
Hay una obra, la imperbeabilización de la cubierta, en la que si se ha hecho una actuación, que ordenó el administrador. Según los hechos y sus palabras textuales: Como había filtraciones y el presupuesto elegido (recuerdo que no se han expuesto) "es el que se va a realizar, la empresa va a realizar unas obras menores y no las cobrará ya que lo haremos con ellos y lo incluirán en lo que nos han pasado de presupuesto".
En este caso el administrador envió directamente a los obreros para hacer un apaño y que a la gente no le entrara agua en casa sin pagarlo a cambio de que se hiciera con ellos. Vamos según el "le harían ese favor". De esta forma ha condenado a la comunidad a que se haga con ellos o que en el peor de los casos nos toque pagar la "chapuza" y después la impermeabilización.
TN veo que controlas mucho el tema, pero a todo esto hay que sumar que no se trata de una porvisión de fondos sino que ellos daban por hecho que costaría todo esto. Además redondearon la cifra para no pillarse los dedos, hecho que además la gente no sabe, puesto que no han comentado públicamente que se ha redondeado y que si sobra algo se devolverá o se le dará el uso que la comunidad crea más conveniente.
Lo que no entiendo, a raíz de lo que comenta JVA229 es que si hay un procedimiento (proyecto, presupuesto, votación y derrama) aquí se lo han pasado por el forro.
De todas maneras no ha pasado un año de todo y se puede impugnar. Sobre el hecho de denunciar no han pasado ni 2 meses.
El administrador es el que se ha pillado los dedos, pero su actuación no vincula a la comunidad.
Se mandó reparar de forma urgente el tejado, cosa correcta entiendo para evitar males mayores, pero el compromiso que el administrador hizo, no os vincula a vosotros.
Podéis votar otro presupuesto y, si la otra empresa os reclama el cumplimiento, vosotros sólo estáis obligados a pagar lo que han hecho (cosa normal), no es "el peor de los casos" dado que la reparación urgente entiendo que se debía hacer y con la máxima celeridad por lo que, en esos casos, no hace falta aprobar un presupuesto que demoraría en exceso la reparación.
Ellos pueden dar por hecho lo que quieran, pero el caso es que, para empezar la obra, deberán primero aprobar un presupuesto (el que la mayoría decida) o podréis parar las obras.
Pero sigo diciendo que, aunque sus intenciones puedan ser otras, hasta el momento no han hecho nada que se salga de la legalidad, aunque parece que esa sea su intención (pero contra las intenciones no se puede actuar, sólo contra los hechos)
Honestamente, en mi opinión, me parece que se ha hecho de manera precipitada e incorrecta, puesto que hacer un calculo de derrama sin presentar presupuestos, que además en algunos casos carecen de IVA o CIF, es bastante nefasto para un profesional como debe ser el administrador.
Sigo comentando que no se trata de una provisión de fondos, sino que dieron por hecho el coste.
TN podrías decirme, en la ley, donde figuran los procedimientos a la hora de hacer obras y cual es el procedimiento.
Para mi este administrador resulta nefasto por su actuación permitiendo que las cosas se hayan hecho de esta forma y no de otra.
Por cierto ¿te llamas Rafael? Quien calla otorga, y por las respuestas me da la impresión de que conoces mi tema.
Supongo que el cálculo de la derrama se basaría en algún presupuesto, pero es eso, un cálculo, después tendréis que aportar la diferencia de lo que se apruebe o bien os devolverán la parte que exceda.
Ellos pueden dar por hecho el coste (repito, una cosa son las intenciones que puedan tener y otra los hechos y sólo podrás actuar contra los hechos que no sean correctos), pero no es eso lo que han aprobado por lo que tú has puesto, con lo cual, no podrán hacer la obra sin aprobar el presupuesto que sea.
El procedimiento está en la LPH, no de manera específica en un artículo concreto, sino a través de varios artículos que regulan las obligaciones de los propietarios, las mayorías en las tomas de acuerdos, la validez de lo acuerdos no impugnados en tiempo y forma, etc..., además están las sentencias correspondientes que se han ido dictando en aplicación e interpretación de esas normas.
No me llamo Rafael ni conozco tu tema, pero es que es más habitual de lo que crees aprobar derramas sin aprobar presupuestos y después aprobarlos, no tiene nada de raro.
Me parece un despropósito el modo en que se ha aprobado esa derrama con tanto desconocimiento.
¿Alguien aparte del administrador y el antiguo presidente sabe en qué consisten las obras?
¿Alguien, aparte del administrador y el antiguo presidente, ha visto esos presupuestos,(excepto usted, claro)?
En el momento que se aprobó la derrama en Junta, ¿a nadie se le ocurrió solicitar que se mostraran esos presupuestos antes de votar?
Son 47 propietarios y han pagado 21, ni siquiera la mitad de los componentes de la comunidad. ¿Qué pasa que no pagan ni los que votaron a favor? Puesto que para aprobar una derrama hace falta mayoría.
¿Quién quiere promover la denuncia contra los que no han pagado si son la mayoría los que no han pagado?
"Ninguna obra se paga antes de realizarla"
(Dice algún/a forista)
En principio, creo que no se paga a la empresa pero eso no quiere decir que la Comunidad no pueda ni deba recaudar el dinero por adelantado para ir pagando a la empresa tal y como tengan pactado. Lo que no creo que haga ninguna empresa es cobrar el total por adelantado. Quien firme esto así... ¡vamos!, no voy a decir lo que es.
En principio, se supone que cuando en la Junta se aprobó la cantidad es porque confiaban en las personas que presentaron la propuesta, así que no me cuadra a qué vienen después esas sospechas hasta el extremo de no pagar. Eso lo tenían que haber visto antes de aprobarlo ¿no?
Otra cosa es que los presupuestos, claro que no incluirán el IVA porque el IVA se añade después. Suele ser el 16%. ¿Tampoco a nadie se le ocurrió preguntar si esa cantidad que se votaba era con o sin IVA? Si no se dice nada se entiende que el IVA hay que añadirlo y se reflejará en la factura.
Es probable que en la cantidad que tienen que abonar, como ya se ha hecho el redondeo, ya vaya incluido el IVA porque si no fuera así, no estarían pidiendo 1500 sino más.
En su lugar, no tiraría piedras sobre mi propio tejado. La solución no es hacer ver a los copropietarios que todo se ha hecho mal y justificar que no paguen, (¿ha pagado usted?) sino más bien llevar un control extricto desde el punto en que se encuentra y de los sucesivos pasos que se vayan dando, empezando por revisar bien los presupuestos, y si no le convencen, pedir otros para las mismas obras y explicar eso en la Junta. Lo cual no quiere decir que no se pague la derrama que ya está aprobada porque eso va a crear problemas en la comunidad que os van a llevar a mucho jaleo.
El dinero se recauda y no se empiezan las obras hasta que se aprueben presupuestos acordes y ajustados porque lo que sí está claro es que el dinero hace falta porque realizar esas obras es necesario ¿no? Si no fuera así no se habría aprobado en Junta; luego no retroceda en el paso que se ha dado sino más bien encauce los sucesivos:
Pedir otros presupuestos para las mismas obras.
¿Se ha enviado o entregado la citación para la Junta del martes?
Si no es así, añada ese otro punto en el orden del día: presentación y aprobación de presupuestos (los que pida y los que ya existen)
Pero la citación para la Junta extraordinaria se hace con la antelación que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados.
No deje para mañana lo que pueda hacer hoy.
¡¡Antes de que le echen!!!