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Derechos del usufructuario

2 Comentarios
 
Derechos del usufructuario
07/01/2017 22:03
mi padre dono la casa del pueblo a mis hermanos, como mi padre es mayor no puede vivir solo y mis hermanos han hecho una alquiler con opcion a compra de la casa, poniendo a mi padre como arrendador sin que la cantidad de 250 euros mensual de alquiler la cobre mi padre sino que la cobran mis hermanos, los 7500 euros de cantidad inicial si esta contemplada en el contrato que la cobran los nudo propietarios, mi duda es que el alquiler de la casa (250 euros) siendo mi padre el arrendaror tendria que cobrarla él? en este caso no es asi pero mi otra duda es a la hora de hacer la declaracion de renta, mi padre tendra que declararla, aun si no la cobra?
tendria que modificar el contrato o exigir que la renta de 250 euros la cobre mi padre?
en el contrato pone que si el arrendatario se arrepiente de la compra venta dentro de 3 años pierde todo el capital abonado incluido el alquiler, pero no pone cual seria la consecuencia de si mi padre decide no vender, cual seria la consecuencia de no vender? en el contrato no lo especifica y se que el arrendatario podria pedir daños y perjuicios o devolver el doble de la cantidad recibida.
muchas gracias y perdon por la extension del tema.
12/01/2017 20:02
Skorpia63
La verdad es que hay contradiciones. Si tu padre donó la casa lo habra tenido que declarar a hacienda y pagar un buen canon ya que es una donación no una sucesión. Y si las escrituras estan a nombre de tus hermanos los arrendadores son ellos no tu padre, tu padre seria el arrendatario, si en tu comunidad hay desgravación fiscal que aporte los recibos y que tus hermanos paguen por las ganacias
perfil veo
13/01/2017 00:12
Skorpia63
porque habla de nudo propietarios, deduzco que lo que su padre donó fue la nuda propiedad, reservándose el usufructo
así, el contrato de alquiler con opción de compra ha de ser firmado por todos ellos, por el usufructuario como arrendador, y los nudo propietarios como vendedores.
los 7.500 euros iniciales son, en principio, para los nudo propietarios
los 250 euros de renta no está inicialmente claro para quién son, porque habría que ver ese contrato, porque aparentemente tienen un beneficiario tan incierto como acordado entre nudo propietarios y usfructuario. Si, como es habitual, esa renta es deducible del precio de venta acordado, esa renta pertenecerá al conjunto de usufructuarionudo propietarios, y resolverán su participación en ella compensando al usufructuario con un porcentaje. Si no se ejecuta la opción transcurrido el plazo acordado, la renta cobrada debiera pertenecer íntegramente al usufructuario.
No veo nada que me haga sospechar que no se ha acordado el destino de esa renta, y su padre tiene legítimo derecho a hacer lo que quiera con sus rentas.
No veo nada que me haga sospechar que no se ha evaluado la incidencia fiscal de esa renta, aunque es posible que no sea así, o incluso es posible que nadie la declare. En cualquier caso, si su padre no la declara pero lo declara el inquilino/opcionista, en los ordenadores de Hacienda saltará el descuadre y, con alta probabilidad, pedirá explicaciones.
No veo la posibilidad de no vender si no es por la negativa a hacerlo por parte de alguno de lo nudo propietarios y, comprendiendo su procupación por la res`ponsabilidad en la que pudiera incurrir su padre, quiero transmitirle algo de tranquilidad porque los nudo propietrios necesariamente son parte activa de ese contrato y constan como tales y beneficiarios, y el hecho de que su padre conste como arrendador es una necesidad absoluta, porque nadie puede ser arrendador si no es usufructuario