Tengo en propiedad una casa rustica en Navarra que recibí en donación por parte de mi padre, pero me encuentro con el problema de que el dueño de la finca de al lado insiste en que cierre una ventana lateral de la casa con medidas de 80x60 y una antigüedad de 52 años, el problema es que se trata de un familiar y no me gustaría tener que llegar a un juicio, pero me esta amenazando y me gustaría saber si realmente tengo la obligación de cerrarla. Os pongo en antecedentes, mi abuelo recibió en donación ese terreno en 1954 y en 1959 construyo la casa, en ese momento el terreno de al lado (con el que ahora tengo problemas) pertenecía a mi bisabuelo; en 1963 dicho terreno paso en herencia al padre del actual propietario (sobrino de mi abuelo), en ese momento la casa ya estaba edificada y tenia la ventana lateral. En las escrituras aparecen dos cuestiones que no consigo interpretar bien, la primera de ellas es la siguiente, y transcribo literalmente: se impone como condición que (mi abuelo) deberá conceder a sus hermanos el derecho a apoyar en el medianil (en dicho medianil es donde se encuentra la ventana) hasta la altura del primer piso. Y la segunda cuestión que esta redactada en la herencia (año 1963) es la siguiente: todos (los herederos) aprueban lo dicho y dan por buenas las valoraciones efectuadas y renuncian a las acciones de evicción, saneamiento y rescisión por cualquier clase de lesión.