Ante todo, disculpen si esta pregunta no está en la sección correcta o ya existe en el foro. Creo que toca varios temas, y no he encontrado ningún mensaje que me aclarase las dudas.
Planeo crear una sociedad limitada con otro socio, todo al 50%. Lo único es que partimos de una idea y modelo de negocio que es mío y que ya tengo funcionando (en concreto, un desarrollo de aplicaciones informáticas) y quisiera que, en caso de disolverse la sociedad, eso me siguiese perteneciendo.
El desarrollo de las aplicaciones aun no está terminado, por lo que en los próximos meses, y con la yuda de mi nuevo socio, va a cambiar todo mucho. Quisiera que tras todos los cambios, producidos durante meses o anhos, quedase de alguna forma reflejado que en caso de ruptura, los derechos de explotación deberían de pertenecerme. Qué medidas podemos tomar ahora para garantizar que así sea?
Yo creo que los extremos indicados se podrain reflejar en la redacción de los Estatutos del Sociedad y en principio si estas condiciones no contravienen la vigente Ley de Sociedades de responsabilidad Limitada no habra ningun problema.