Hola, tengo una duda al respecto de la ocupacion de un copropietario de una vivienda,(es propietario via herencia de 1/4 parte de la una vivienda, que tiene otros 3 propietarios herederos tambien), tiene derecho uno de los propietarios a ocupar la vivienda sin consentimiento del resto de los propietarios de la misma?no tiene contrato alguno, si la ocupara que medidas se podrian instar para su abandono?
Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho.
Bien, queda claro que la puede ocupar como copropietario que es,pero tiene que compensar al resto por esa ocupacion,se mete sin el consentimiento del resto,y el piso se podria alquilar y no se puede porque esta metido alli...
No debe compensar a nadie, porque la propiedad es suya. Es un bien proindiviso, por lo que no se determina qué 25% de la vivienda le corresponde, así que puede usar toda la vivienda libremente.
Si los otros propietarios no desean que utilize la vivienda, lo mejor que pueden hacer es comprarle ese 25%.
No estoy de acuerdo con las intervenciones anteriores pq si bien el art.394 CC (cuyo contenido se reproduce por un forista sin citar -inexplicablemente- a q cuerpo de leyes se refiere) permite usar los bienes en copropiedad a cada copartícipe confirme a su dcho, no es menos cierto q una vez q uno de ellos toma posesión efectiva de la misma, queda protegido -éntre otros- por el derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio ex art.18 CE, por lo q se impidiría, de facto, usar a los demás comuneros de sus respectivos dchos sobre la propiedad.
Como no me quiero enrollar, remito al consultante a algún notario, q ahora q tienen mas tiempo libre, estarán encantados de atender este tipo de consultas ya q son verdaderos especialistas en derecho civil.
gracias por las respuestas, con relación al tema es necesario realizar la aceptacion y particion de la herencia? o se podria esperar la realizacion de esta hasta que salga un vendedor del inmueble?, lo digo a efectos fiscales, y del plazo de los 6 meses para el impuesto de sucesiones...