Estoy algo confundido con este derecho heredado.
Derecho de habitación sobre el resto de la vivienda.
Mi madre vive aún . Mi pregunta el día que ella no esté ... Mis hermanos tienen derecho a ocupar está vivienda ?
Agradecería se me informará . Ya que tengo hermanos muy problemáticos que no se puede convivir con ellos gracias .
No dice usted quién es el titular del derecho de habitación, es decir, a quién corresponde. El derecho de habitación se extingue para siempre y definitivamente con la muerte del titular. Ni se hereda, ni se transmite en favor de terceros por ningún título: nada compraventa, permuta, alquiler, donación o legado hereditario.
Actualmente mi madre tiene el usufructo vitalicio de la vivienda . Yo vivo con ella y mi padre fallecido. El por herencia me hizo por testamento titular del derecho de habitación vitalicio.
Si el usufructo de su madre proviene de herencia, cuando ella muera desparecerá, y solo quedará su derecho de habitación y la nuda propiedad, ésta última en favor de aquellos a quienes corresponda por herencia. Su derecho de habitación se ha de respetar hasta que usted muera, pero desde luego los propietarios tendrán en derecho a usar el resto de la vivienda, y por tanto se puede encontrar a sus hermanos viviendo ahí.