Son, pues, tres las obligaciones que tienen los hijos respecto de sus padres:
- El deber de alimentarlos
- El deber de respeto
- La obligación de contribuir a las cargas familiares
obligación legal, regulada en los arts. 141 y ss del Código civil
Si fueran varios los hijos obligados a prestar alimentos, podría acordarse (y siempre que el alimentista estuviera de acuerdo) que fijaría su residencia en la casa de uno de sus hijos, realizando éste con sus otros hermanos los acuerdos económicos pertinentes y válidos dentro de la libertad de contratación. Ahora bien, no puede imponerse al amparo de la opción del art. 149 CC un turno de rotación entre las diferentes viviendas de sus hijos, a no ser que el padre consintiera.
mosca cojonera, creo que la señota no iba por ahi.
Paqui, el codigo civil, dice claramente que cuando los padres esten impedidos o no puedan valerse por si mismos(a la inversa tambien) los hijos han de hacerse cargo de los mismos.
Como su marido fallecio(hijo) pues ahora sus nietos , que seran los herederos legales , por logica deberan cuidar a su abuela..... independientemente de que la masa hereditaria sea grande o pequeña...
En estos casos si la suegra-abuela, es un ogro, pues como comprendera, no sera santo de su devocion pero por Ley deben de cuidarla , si no fuera si, cometerian un delito
Habrá que estar a lo que disponga su suegra en el testamento,
¿Su suegro está vivo?
No entiendo lo de "tener derecho" a cuidarla. Si a usted le apetece no creo que nadie se lo impida. Y respecto a sus hijos, lo mismo.
Intuyo (a lo mejor me equivoco) que ustedes temen que si no la cuidan se queden sin herencia... Eso lo dispondrá el testamento y, mientras ella esté viva, si tiene la cabeza en su sitio puede cambiar el testamento las veces que quiera.
Valoren ustedes si quieren ayudarla, ya sea por interés o por cariño.
Buenas, comento mi situación. Mi marido falleció y ahora mi suegra esta sola y incapacitada para cuidarse a si misma, por ello los hijos están cuidando de ella. Mi suegro dejó un testamento de padres a hijos. Mi preguntas es:
¿Tengo derecho a cuidar a mi suegra o le pertenece a mis hijos que son mayores de edad? Si es el caso de que mis hijos tienen el derecho a cuidarla, perderían la herencia si no lo hacen?