Estimado amigo
Sin lugar a dudas, tiene derecho a la herencia de su padre y de su abuelo.
Sólo es preciso tramitar la adjudicación, lo cual requerirá abundantes datos y documentación, pero su derecho es indiscutible,
Si lo desea, puede contactar conmigo a través de mi perfil en el foro
Un saludo
Resulta sorprendente que por el tiempo transcurrido no se hubiera realizado la adjudicación de herencia de su abuelo, o mejor para ustedes, en el caso de que se hubiere realizado sin el concurso de su padre, ya que el mismo tiene unos derechos minimos que ahora les corresponderían a ustedes. Lo que planteo es para el derecho común, para la mayor parte del territorio español. Necesitaria saber donde fallecio su abuelo y su padre, para aplicar la legislación correspondiente, si fuere posible, claro esta.
a su disposición.
Mi abuelo falleció en el año 1952 sin dejar testamento. Mi padre nunca a tenido contacto con mi abuelo Por una serie de casualidades, ahora acabamos de descubrir que hay unas propiedades que siguen a su nombre. Mi padre también a fallecido sin testar. ¿ Tendríamos derecho a solicitar todos los datos ( Registro Propiedad, Catastro, Notarías ETC) donde se puedan guardar documentos relativos a la compra venta de las propiedades .?