libelo esa es una buena opcion, pero claro a su cliente le supondra un coste economico, valoren que sale mas barato y por ahi tocara tirar, de rositas no se ira, pagara las flores, o a Ud o a la admon.
Hay un detalle que creo que cambia algo las coas.
Es el siguiente.
Aunque en la denuncia el policia local refleja los insultos y la actitud del denunciado,el motivo que aduce para que se le sancione es la infracción del articulo 23.h que en realidad sería sancionar las consecuencias que esos insultos provocaron. Es decir , el denunciado insulto al agente y como consecuencia de ello se estaría dentro del tipo que describe dicho ariticulo "La provocación de reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana".
No estaría violando el agente el espiritu de la ley?
Me explico. Leyendo en los foros propios de policias, estos señalan que en los supuestos de insultos aunque lo propio y preceptivo es que el procedimiento se llevase por la jurisdicción penal ellos prefieren hacerlo por la via administrativa pues la sanción en esta ultima es mayor y mucho mas comoda para el agente que no tiene que acudir a los juzgados. Consideran dichos policias, que visto que la sanción que les impone el juez al que insulta son muy bajas preferieren hacerlo por esta vía. Estamos hablando de una diferencia que puede rondar los 400 euros en la generalidad.
No sería esto una actuación incorrecta en toda regla?
Vuelvo a intetar explicarme.
Yo agente de la autoridad se de buena tinta que los insultos como tales se tienen que dilucidar en la jurisdicción penal, pero como se que las sanciones economicas son por lo general muy bajas opto por la via administrativa sabiendo que es incorrecto. Ademas , para apoyar la aplicación del articulo de la ley de seguridad ciudadana que quiero narro los hechos entre los cuales esta el insulto en sí. Es decir , reconozco que me ha insultado. Lo señalo como fundamento para que concuerde con la consecuecia del tipo que el articulo 23.h dispone pero no lo tengo en cuenta. No me interesa pués se que si lo pongo en la denuncia un ulterior recurso me lo podría anular.
No estariamos ante un caso flagrante de utilización de la ley primando el interes particular de la persona que ejerce como agente de la autoridad?. En este caso el prefiere que se le sancione con una cantidad mayor a sabiendas que el insulto como tal hace inviable este camino procesal. Lo obvia porque busca un resultado mas perjudicial economicamente para el denunciado . El elegir un camino u otro no es discreccional para el agente y menos aún arbitrario. Es reglado, si alguien insulta se tiene que ir a la jurisdicción penal y no se puede por tanto, narrar en la denuncia como hechos que el denunciado insulto y despues pedir una sanción por infracción de un articulo de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana que lo que recoge es la sanción de la consecuencia de ese insulto, la provocación de situaciones en el público que puedan alterar la seguridad ciudadana, y no que se persiga y se sanciones el hecho que lo motivo y que es una falta penal.
Se puede hacer algo? Veis alguna luz?
Se agradecen opiniones al respecto.
Muchas gracias.
Yo no veo mucha chica que pueda beneficiar a tu cliente. A lo sumo, se conseguiría que los agentes recibieran un aviso de que tal conducta se ha de denunciar por lo penal, obligando a éstos en lo sucesivo a no orillar el C.P. Está claro que los insultos son indefectiblemente falta penal y no infracción administrativa, por lo que el recurso lo tiene fácil, ahora bien, responsabilidad hay, de un tipo u otro, conseguir la prescripción es la única salida que le veo, pero a qué precio?
Sigo en un a linea parecida a la anterior.
Si se considera que esto se ha producido como yo señalo, es decir, que el agente a sabiendas que el insulto se solventa en otra jurisdicción ha elegido otra para que la sanción sea mayor. Digo esto porque sería muy facil probar que es el abc para un policia. Por tanto su actuación ha sido parcial, y buscando claramente un perjuicio economico que colme su " revancha". No podría esto poner en tela de juicio incluso la existencia real de lo narrado?. No podria echar por tierra su presunción de veracidad el hecho de que a sabiendas de que el procedimiento no es el adecuado eliga otro cuyos efectos sean mas perjudiciales para el denunciado? El no tiene la facultad de elegir. El hacerlo lo delata. Y más aún cuando lo narra como hecho y no lo incluye como hecho tipo a denunciar pués sabe que eso clama al cielo de penalidad. Elige un camino mas sibilino, lo narra, señala su existencia pero no es tan " tonto" para incluirlo y que la prejudicalidad penal se lo eche por tierra..
No es nulo un procedimiento así?
El tema economico no es problema. Sabe lo que le piden y lo que se le cobraría.
Es una cuestión personal. Quiere que quede claro que la actuación del policia no ha sido limpia.
Bien Libelo. Lo que para ti parece muy fácil de probar, para mí, no tanto. Y si el policía entiende, aunque con mal criterio, que la vía penal es la última ratio..., de acuerdo, no es el caso, pero puede estar en un error y quién demuestra que no es así?
Si es una cuestión personal, no hay más que hablar, que se gaste el dinero y agote recursos y procedimientos. Al policía nadie le va a tocar la cresta y él habrá conseguido su objetivo, directa o indirectamente.
Hola, lo primero decirles que e abierto un nuevo tema para que podais resolver mis dudas, lo cual agradeceria enormemente se llama (me abren diligencia por desacato a la autoridad) y aqui expongo tambien mi problema pero pediria por favor contesteis en mi tema. Necesito informacion de alguien que este informado acerca del tema, os cuento, el sabado dia 31/10/2009 me encontraba queriendo cruzar un paso de peatones dirigido por un agente de la policia local de sevilla; yo me encontraba situado detras del agente que estaba dando paso a vehiculos y no a peatones, me dijo que me situara sobre la acera y asi lo hice, cruzé la calzada cuando el trafico estaba ya parado (aunque sin la autorizacion del agente) para acompañar a un amigo, cuando vuelvo por el mismo camino y vuelvo a cruzar este paso peatonal el agente se acerca ami y me dice que me va a denunciar, sin mas me pide el DNI para identificarme y se lo entrego, total que cuando ya me va entregar el DNI me dice que me ha abierto una diligencia por desacato a la autoridad y yo le respondo de buenas maneras (en todo momento, puesto que intuía que querian que le contestara de mala forma) que ¿por qué me habia denunciado? la contestacion del agente es que ya no me ibaa a dar mas explicaciones que simplemente ya me llegaria una notificacion por la sancion puesta para ir a juicio, me devuelve mi DNI y me dice que me marche, le intento hacer preguntas pero me dice que me marche reiteradamente entonces pense que seria la mejor opcion, asi que me marche, me quedé descompuesto por lo sucedido; bueno a sabiendas de que en la denuncia pondran todo tipos de falsedades y calumnias y que luchar contra la palabra de un agente es para "nada" mis preguntas son: ¿tendre que ir realmente a juicio?¿esta sancion conyeva una sancion economica?¿que pasaria si no fuese al juicio en caso que lo hubiere?¿que puedo hacer ante esta situacion? me siento totalmente impotente y no se que hacer, estoy bajo de animos y desde luego ahora mucho mas. Por favor necesito que me respondais porque estoy muy intranquilo no se que va a suceder, por si os sirve de informacion para responderme soy un chico de 20 años, y nunca he tenido ningun altercado ni denuncia ni nada que se le paresca, es decir tengo mi expediente civil totalmente limpio. Bueno ya solo puedo esperar a ver que sucede, mientras tanto intentar responderme lo antes posible lo pido por favor ya que necesito tranquilizarme. Bueno ya solo me queda daros las gracias a todos los que me respondais. Gracias