Eso pensaba yo, he hice la pertinente reclamacion, pero ha venido denegada,por los 2 puntos que puse en primer post.Tengo 30 dias para volver a reclarmar,pero no se que poner para rebatirles a la s.social, si al final cabe recurso.
Volveros a decir a las dos muchas gracias por vuestro tiempo
Dices: "Paso al paro, en IT, pago directo por parte de la seguridad social, 1087€.
¿Ese periodo de un mes que reclamas coincide con las vacaciones que no habías disfrutado o no tiene nada que ver?
"del 28 de septiembre al 27 de Octubre me pagaron las vacaciones el sepe, ya que no las habia realizado )".
¿Estás seguro de que las vacaciones te las pago el SEPE y no el INSS?
Pregunta 1ª: Dime cuantos formularios de pago directo presentantes al INSS (ojo no hablo del SEPE):
a) 1, cuando aún no se había extinguido el contrato, por incumplimiento del empresario del pago delegado;
b)2, el anterior y otro nuevo formulario con nueva causa, por extinción del contrato estando en situación de IT.
**Si fueron 2 las solicitudes tienes que tener 2 resoluciones del INSS, la anterior de cuando estabas en la empresa y la de después de extinguido el contrato.
Pregunta 2ª: En qué fecha solicitaste el pago directo? Si lo solicitaste durante la vigencia de la relación laboral y después de extinguida nueva solicitud indica la fecha de cada solicitud.
Pregunta 3ª: en el certificado de empresa cuantos días de vacaciones devengadas y no disfrutadas aparecen (los que indica la empresa)?
Pregunta 4ª: tienes la resolución del SEPE delante (no INSS, la del SEPE), en la que te conceden la prestación por desempleo, que es lo que pone?
Hola Bon dia.
Amperio, pues creo que sera lo que dices de las vacaciones .
_ Fin contrato dia 28 septiembre
_" Vacaciones" hasta 27 de octubre,me ingresan 1087 el Inss.
_a partir del 28 Octubre voy al sepe, despues de darme de Alta en el Inss.
_Expediente nuevo y entrega de documentacion, y me empiezan a pagar lo correspondiente 1250 aprox...
_Claro yo le reclamo al Inss, pero ellos lo que me han pagado son las vacaciones NO el SEPE, puede que sea esto??.
Ainoa hice 2, el primero en IT con la empresa en funcionamiento, y otro expediente en IT al dia siguiente que me desvincule de la empresa, y seguia en IT.
La primera solicitud en Marzo y me empezaron a pagar en julio, todos los atrasos desde el 1 de Enero y el cambio de expediente , te lo acabo de escribir el 29 de Septiembre un dia despues de desvincularme de la empresa.
Me dieron un mes de vacaciones, ya comentado, del 29 dept a 28 oct,
Perdona bernabiel, pero sigo dándole vueltas al tema. Hay algo que parece que se me escapa.
Las vacaciones fueron desde el 29 de septiembre hasta el 27 de octubre.
A ver si me puedes confirmar estos datos.
¿En qué fecha exacta te dió el alta el INSS?
¿Qué pone en el documento del alta del INSS?
¿Cuál fue la última fecha en que recibiste el pago del INSS?
¿Cuál fue la primera fecha en que cobraste la prestación por desempleo?
Creo que no has contestado a la 3ª y 4ª pregunta de ainoa.
La diferencia de la base diaria que aparece en resolución del INSS que citas, va a venir seguramente porque durante el tiempo de vacaciones NO disfrutadas tú no estás en situación legal de desempleo sino que sigues en alta en la SS aunque se extinguiera el contrato y la empresa tiene que cotizar dicho periodo y sigues cobrando la prestación por IT en cuantía de IT, y no la prestación por IT en igual cuantía que desempleo al amparo art. 222 LGSS.
Un ejemplo, aunque no estuvieras de baja, si se extinguiera el contrato y hubiera vacaciones devengadas y no disfrutadas, pongamos por ejemplo 1 mes, NO pasarías a estar en situación legal de desempleo hasta transcurrido dicho mes, momento a partir del cual tendrías 15 días para solicitar prestación por desempleo.
Parto de que la resolución del INSS que copiaste ayer en un post, es la resolución última, cuando ya se extinguió el contrato.
1) La primera resolución de pago directo, de julio, que base reguladora de IT ponía? Pondría 66,28?
2) La segunda resolución a tu solicitud de 29 de septiembre, que se dicta con fecha 4-10-12, te ponen una base reguladora de 66,28 para el mes que estuviste de baja, ya sé que después ponen otra, pero no viene al caso pues tú sólo estuviste un mes de baja....entonces no entiendo porque en tu primer post dices que el INSS en ese mes de pagó 1087 euros, no se si esa cantidad que pones es con deducciones o bruta, o aproximada, porque yo entiendo que tendría que ser durante las vacaciones base reguladora de IT (no de desempleo) x 75%, y luego restar deducciones y cotizaciones.
**Lo otro que pone la resolución no tiene sentido discutirlo al márgen del posible error, pues se entiende que el INSS como no sabe de antemano cuanto vas a estar de baja pues te dice todos los cálculos como si fueras a estar todo el tiempo de desempleo de baja.
3) Luego vas al SEPE, y solicitas prestación por desempleo, que es competente, olvidate en este punto de lo pasado del INSS, que pone la resolución de SEPE:
-días de prestación reconocidos?
-Base reguladora que pone resolución del SEPE? que es la que cuenta a partir de ahora.
-Cuantía prestación del SEPE.
Tengo que buscar papeles, estoy muy liado con el tema caldera, esta tarde noche lo pondre, pero creo que esta claro, y mira que lllevamos 2 dias, parece las cuentas del PP, juas,juas....
Pues entre el "tema caldera" (fundación ideas) y las cuentas del PP....vas a tener para rato!!. Te permitimos por aprecio que le dediques más tiempo a la Amy.
Saludos.
Buen juego de palabras....te lo he puesto a huevo,blanco y en botella, como peipiño , tu paisano peipiño blanco, y los suyos en andalucias con los del per, y aqui con lo de Oriol puyol, con las informes que han salido hoy en la prensa si es verdad lo publicado es para no que salga de CiU, es para que salga de Catalunya y no vuelva a pisarla.De todas las maneras lo de Amy no se puede comparar con lo del PP, ademas ya le han dado" la pata "en el culo, al EX...de todas las maneras son todos el mismo "guau" con diferente collar......y ninguno de esos son de los mios , asi que los metan a todos en el Trullo, que tienen comida y cama gratis, cosa que otros ni si quieran desgraciadamente tienen............buff he estado tan liado que no me ha dado tiempo, a buscar los papeles que me reclamas, lo dejamos en "stand bye"
No si yo te los regalo todos para tí...sólo que no me negarás que entre chorizos por lo menos elegir el que esté más bueno y entre pepiño, bárcenas, oriol, griñan, etc., y Amy supongo que no tendrías dudas de que chorizo está mejor no?
**Nota: los escribo con minúsculas para demostrar mi gran respeto por todos! (léase irónico).
Por cierto, supongo que al fontanero le exigiste la correspondiente factura con su IVA no? Bueno ya lo doy por supuesto, viniendo de tí.
Eh...que me entiendas bien, que lo de "le gustan los chorizos" me refería a "cosa=trozo de carne" y no persona, espero pillaras el doble sentido.
Saludos.
He estado mirando, los papeles y lo vamos a dejar pasar, ya que ahora solo me queda poner demanda por el juzgado de lo social al haberme sido denegada via administrativa, y como yo en persona ho iba a defender mi postura , ya que no estoy preparado si contrato un abogado, me va a costar mas el collar que el perro.
Muchas gracias amperio y ainoa por vuestro tiempo, de alguna manera "os rencompesare", amperio este finde te subire las dos recetas que me pedistes que no se me olvida y otra cosa lograstes por fin ver como va tu expediente de incapacidad por internet??? si no tambien te lo subo, mañana y pasado esto libre.
Saludos y buen finde.
No tengo ningún expediente por incapacidad.
Lo que pasa es que creo que debe de servir para más cosas, por ej., vida laboral, etc.... y que puede ser útil. No sé.
Intentaré probar este fin de semana.
Gracias por las recetas. Ya te diré cómo me salen.