Hace poco he alquilado una vivienda. En el contrato consta que es una familia de 5 personas. He acudido a la vivienda para hacer unos arreglos de cosas estropeadas y he visto cosas que me hacen pensar que hay más gente viviendo. La casa es grande. Que debo hacer si es que confirmo esa sospecha, Será fácil hacer una rescisión de contrato por incumplimiento? Esto me esta preocupando mucho. Gracias a todos.
En principio podría ser un caso de cesión inconsentida y/o subarrendamiento, lo que pasa es que la prueba no es fácil.
Mi consejo extraprofesional es que si le pagan bien y no hacen burradas haga la vista gorda y no le dé más importancia.
Geacias leonjbr. Intentaré tener pruebas pero un piso recién reformado, todo nuevo alquilado a 5 oefdonas no se puede consentir que estén 7 u 8. Van a desgastar mucho más el piso y cuando lo recupere estará para volver a reformar. El problema es que con pruebas será posible la rescisión de contrato?
La prueba principal y cais única sería un informe de detective.
La cédula de habitabilidad (o licencia de primera ocupación) determina el "umbral de ocupación" de una vivienda; la regla general es:
1 persona por habitación: mínimo 5 m
2 personas por habitación: mínimo 8 m
3 personas per habitación: mínimo 12 m
2 personas en viviendas sin habitaciones y únicamente con espacios de uso común.
Pero hay excepciones, como el parentesco, siempre que s einforme que no se perjudica la higiene y salubridad.
Pues haré labor de detective haciendo guardia si es preciso paea saber cuanta gente entra y sale del piso. De todas formas en el contrato figura que no pueden convivir en la vivienda más de 5 personas y sería incumplimiento de contrato. Es posible rescindirlo, o vamos, tendrá recorrido la demanda?
puso en el contrato que solo puede ocuparla el titular y las personas allegadas al mismo???
de otro modo, mal puede conseguir pruebas, porque en la casa no puede entrar usted
lo unico que le queda, a los 5 años no prorrogar
y actualizar ipc todos los años sin perdonar un centimo
El contrato está hecho a nombre de dos personas y consta que dolo pueden convivir las 5 perdonas de la unidad familiar. Entiendo que si no es así están incumpliendo el contrato. Lo de subarrendar ya se que es difícil de probar pero el que conviva más gente seguro que si.
Lo que me gustaría saber es si en el juzgado me darían la razón.
Y tenga en cuenta que el art. 16 LAU alarga el concepto de familia -parentesco- hasta el tercer grado colateral. El TR LAU 64 lo llevaba hasta el cuarto grado.
Gracias Hoplon. El art. 16 he leído que trata de la subrogación del contrato y no se si tiene algo que ver. No se si podré hacer algo pero de todas formas si haces un contrato con unas condiciones y se incumple y no le pasa nada, pues entonces poco vamos a alquilar a determinada gente. Luego dirán que somos racistas o yo que se, pero lo que está claro es que tampoco sirve de nada el seguro de impago. Si alquila la casa una persona que es solvente y la finalidad es alquilarsela luego a otros para sacar tajada..... estamos apañaos. Les iré contando novedades pero si hay posibilidad no descartaré el desahucio.
Por cierto, para reunir pruebas es necesario un detective privado y valen si las consigo yo hablando con los vecinos y haciendo guardia para ver quien entra y sale de la vivienda? Las pruebas que yo aporte son validas o solo son validas con informe de detective?
Por cierto, para reunir pruebas es necesario un detective privado y valen si las consigo yo hablando con los vecinos y haciendo guardia para ver quien entra y sale de la vivienda? Las pruebas que yo aporte son validas o solo son validas con informe de detective?
Siento ser tan pesada, pero si en un contrato de 4 meses como el otro post se entiende que es de larga estancia a pesar de lo firmado, resulta que ahora un contrato para 5 personas pueden meter a 7 o 9 por ser una casa mas o menos grande? Digo yo que entonces para que sirven entonces los contratos? Si la persona que ha alquilado y que ha puesto su nomina resulta que no vive alli, tiene alguna validez como prueba de que sus intenciones no eran buenas? Y perdón por el comentario pero me voy a volver racista y no voy a alquilar jamás a ningún sudamericano, lo siento, a ver como se lo apañan después.
Obsidiana: tenemos que tener muy claro que la Ley está por encima de los contratos.
Su voluntad o sus planes pueden ser todo lo buenos que se quiera, pero la Ley está por encima de la voluntad de las partes. Si la Ley permite familiares, pues los permite y ya está.
Son limitaciones que tenemos que acatar.
La vida está llena de limitaciones.
Muchas gracias leonjbr. Y si como estoy sospechando que no son familia y que están subarrendando la vivienda a otra gente? No creo que ni siquiera viva el arrendatario que puso la nómina para el seguro? Si reúno pruebas para rescindir el contrato serán válidas? O tengo que contratar por obligación a un detective?
Si reune pruebas suficientes no hace falta un detective.
Pero es más: es que un detective tampoco es garantía de que vayan a obtenerse pruebas.
Demostrar quien vive y quien no vive en una vivienda es bastante más difícil de lo que la gente se cree.
Es prácticamente imposible.
Un detective seguramente pondrá una cámara y lo hará de modo que luego no puedan tumbarle la prueba. Pero usted sóla es muy difícil.
E incluso el detective lo tendrá complicado.
Muchísimas gracias otra vez. Osea que aunque realquile habitaciones o el piso entero me tengo que aguantar. Luego dicen que no hay pisos de alquiler. Es que ni siquiera con seguro de impago estas seguro, valga la redundancia.
Si, desgraciadamente es así.
En algunas ocasiones el Derecho presenta situaciones con muchas probabilidades de quedar impunes porque la prueba es difícil.
Disculpad que vuelva a la carga. Si se han empadronado gente que no es de la unidad familiar seria algo de prueba? Por otro lado, en los ayuntamientos no dan los nombres de los empadronados por la LOPD, lo cual es vergonzoso porque como parte interesada no puedo acceder. Hay alguna forma de saberlo o hay que esperar a que lo solicite el juzgado en su caso?
La única forma es mediante orden dictada por un juez.
Puede conseguirla pero necesitará un principio de prueba, lo cual nos lleva de nuevo al detective.