La respuesta la tiene en el artículo 16.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que le pego, y que significa que debe usted presentar un escrito en el que consigne quiénes son los sucesores del demandado, o, para el caso de que no puedan ser localizados o no quieran comparecer, que el Letrado de la Administración de Justicia declare la rebeldía procesal de la parte demandada, siguiendo el proceso por todos sus trámites:
Artículo 16. Sucesión procesal por muerte.
3. Cuando el litigante fallecido sea el demandado y las demás partes no conocieren a los sucesores o éstos no pudieran ser localizados o no quisieran comparecer, el proceso seguirá adelante, declarándose por el Letrado de la Administración de Justicia la rebeldía de la parte demandada.
Demanda por reclamación de daños a finca colindante
He demandado al titular de la finca y me ha llegado exhorto negativo del Juzgado alegando que el titular esta fallecido, que actualmente vive la nieta y su marido, que tipo de escrito puedo interponer en el juzgado para que pueda seguir adelante con la demanda?
Gracias de antemano