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demanda laboral reclamacion de cantidad

4 Comentarios
 
Demanda laboral reclamacion de cantidad
27/08/2008 11:47
Tengo entendido que el plazo para reclamar cantidades salariales es de un año desde que esas cantidades son debidas, ya hemos presentado la papeleta de conciliación y el resultado ha sido sin avenencia, hay algún plazo desde que hemos hecho la conciliación hasta que se presente la demanda en los juzgados de lo social?
27/08/2008 11:58
Hola

¿Tu eres abogado?

¿Lo de 21 es por tu edad o por años que tardaste en acabar la carrera de derecho?

Perdona si soy duro, pero estas cosas me sacan de quicio.

¿Te suena de algo los efectos de interrumpir la prescripción?

mmmmm, déjame pensar .... ah, desde el acto de conciliación vuelves a tener un año plantear demanda, o volver ha interrumpir el plazo anual de prescripción.

Un saludo,

Xabier
27/08/2008 13:59
Celebrado el acto de conciliación, el plazo de un año vuelve a reanudarse.

Xabier, no seas tan duro, que yo tb soy junior.

Saludos

Jordi
27/08/2008 14:27
Puestos a ser duros se dice ..."volver a interrumpir" no "volver ha interrumpir"....

Si es que le dan el título a cualquiera incluido yo...jejjeje
27/08/2008 16:09
vaya, vaya... la caletilla otra vez, yo pensaba que estábamos en un foro de derecho laboral y no en uno de ortografía y gramática, pero bueno que se le hacer.

He sido duro, lo sé y por eso, en el primer post pedí perdón, pero está profesión es muy dura, y por desgracia aprendemos a base de palos, y mejor dárselos en el foro, que en la sala de vista de un Juzgado ¿no crees?

Xabier