Hola a todos! quiero solicitar la ejecucion de una sentencia en la que se condena al desalojo de vivienda y a al pago de las costas. Dicha sentencia es firme y no cabe recurso. El procedimiento fue un ordinario de resolución de contrato por necesidad del arrendador y por cesión o subarriendo inconsentido. Mis dudas son:
- Puedo solicitar en la demanda ejecutiva (además del desalojo) que le paguen a mi cliente las cantidades que los arrendatarios le deben en concepto de renta y suministros (tened en cuenta que el procedimiento no era desahucio por falta de pago).
-Es en la demanda ejecutiva dónde debo solicitar que paguen las costas, mis honorarios y los del procurador?(hay condena en costa tanto en la primera como en la segunda instancia, llevo dos años currando sin ver un duro y no quiero que se me escape) o eso se hace despues?
Bueno, como veis no sé muy bien por dónde me da el aire, así que toda ayuda es poca. Muchisimas gracias.
En la demanda ejecutiva solo puedes ejecutar la Sentencia, por lo tanto solamanete el desalojo, pero no las cantidades adeudadas por los arrendatarios en concepto de rentas.
En cuanto a las costas, que son los honorarios tuyos y los del procurador, no concepto diferentes, dices tu costas tu honorarios y los del procurador, lo que debes hacer es llamar al compañero contrario, para ver que intencion tiene su cliente y si no es posible cobrararlas tienes que tasarlas, un escrito de tasación para primera instancia y otro para la audiencia provincial, por lo menos aqui se hace asi, cuando te aprueben la tasación se inicia un procedimiento de ejecución dineraria.