Hola
Tengo que interponer demanda por defectos de construcción (es la 1ªque hago)y tengodudas. A ver si alguien puede ayudarme.
Hay 2 tipos de deficiencias:
-deficiencia rampa de acceso a garaje ejecutada con una pendiente excesiva (fuera de normativa)que la inhabilita para el acceso de cualquier vehículo.
-conjunto de deperfectos de acabado (desconchones en pintura, parket abombado hasta un total de 15)
Las relaciones son muy malas (juicios de faltas ) y hay una pérdida total de confianza. El constructor y arquitecto han reconocido algunos defectos, como el de la rampa. Otros no los asume.
Las preguntas son:
1) Informe pericial: Como los temas son muy dispares ¿se presenta un solo informe con todo? ¿es adecuado que lo haga un Ing. Industrial Superior o mejor un arquitecto?
2) ¿se incluyen en la demanda a las aseguradoras¿ Si no lo hago ¿son llamadas al proceso? Es importante por tema de costas...
3) Como hay pérdida de confianza, queremos pedir como principal la indemnización y como subsidiaria la repración in natura ¿cómo lo véis?
4) No tengo muy claro cuándo entra el Art. 17 LOE y cuándo el 591CC?
Os agradecería mucho orientación en este asunto
Muchas gracias
1) Arquitecto técnico o superior para todo.
2) Lo habitual es demandarlas, pero como dices, puede ser más prudente no hacerlo, de todas formas, probablemente los demandados les darán parte y los defenderán.
3) En ese caso está justificada la opción por la indemnización.
4) ¿qué más da? Son vicios constructivos y reclamas en base a ello. (Te contesto ésta por no dejar la respuesta coja, pero la verdad es que tendría que mirármelo, pues no lo sé)
En estos temas cada caso es un mundo aunque sí te doy unos consejos PREVIOS demanda.
Estoy con ABQ, mejor Arquitecto Tecº o Supº, con Dictamen Visado por su Colegº en el que describe lo mejor posible las de deficiencias y -MUY IMPORTANTE- que incluya los siguientes puntos:
1º.- La posible determinación de responsabilidades entre los intervinientes en proceso constructivo (¿constrª-promotª o Direccion Facultª?) a fin de poder dirigir la demanda contra el verdadero/s responsable/s y no "pewrdernos" en imputarse responbsabilidades con cientos de periciales de parte, etc, etc....
2º.- Que el Arquitecto propopnga, describa y PRESUPUESTE la solución a esos problemas y deficiencias...vital para saber a qué atenernos.
Muchas gracias a los 2 por vuestra ayuda. Creo que optaré por exigir responsabilidad contractual (se firmó un contrato de compraventa con construcción) porque la entrega no reúne las condiciones pactadas y en lase al art. 17 LOE, ya que se trata de una vivienda posterior al 2000.