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delito contra la seguridad del tráfico

46 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 46 comentarios
Delito contra la seguridad del tráfico
14/09/2008 04:14
Hola muy buenas, quisiera que alguien me informara sobre mi caso si son tan amables porque la verdad estoy muy verde en este sentido.

Hace unos meses la policia municipal me paró y me hizo la prueba de alcoholemia dando 0.6 mg en aire expirado, tuve un juicio rápido y se me condenó a 8 meses y un día de inhabilitación del permiso. Ahora bien, la condena termina en diciembre y por lo que veo en la Ley sobre el tráfico en las disposiciones adicionales dice que para recuperar de nuevo el permiso se ha de superar el curso de sensibilización y reeducación vial pero mi abogado ni la cedula donde especifica el fin de la condena lo contempla.
Me gustaría que me lo dijera alguien si es tan amable antes de que me encuentre con la sorpresa el dia que quiera recogerlo. muchas gracias y un saludo
15/09/2008 23:37
A mi también me interesa esto, yo creía que el curso de sensibilización reeducación vial solo hay que realizarlo cuando hay pérdida total de los puntos y para recuperarlo hay que hacer el curso y superar una prueba, pero mi parecer es que por resolución judicial no hay que hacer nada para volver a conducir.

A ver si alguien nos saca de dudas.
15/09/2008 23:46
si espero que alguien nos lo resuelva porque la verdad es que como venga el dia de recogerlo y no nos lo den ya entonces si que podemos salir corriendo porque despues de ocho meses si que te da tiempo a sacarte el curso y el carnet de nuevo si quieres la cuestion es que no nos lo especifican

Saludos
15/10/2008 21:17
hola me a sucedido lo mismo que a crimajos y me lo an retirado durante 8 meses y mi consulta es si el curso lo hay que realizar mientras se cumple la condena hasta la fecha limite o te pueden enviar una carta certificada como me a sucedido y decirme que tengo que realizar el curso de sensivilizacion a falta de una semana para finalizarme la condena espero me puedan solucionar este asunto porque si me lo soluciona dando una respuesta tajante pues me anulo el curso que me empieza el viernes de la proxima semana muchas gracias a todos
15/10/2008 22:35

Las infracciones administrativas SI restan puntos, las condenas penales NO restan puntos, retiran el carnet e inhabilitan para conducir por el tiempo que indiquen, pasado éste, se recoge el carnet, y salvo que tengan otras infracciones administrativas, que resten puntos, y esto debe constar en la sanción, no han detraído puntos.

Salvo mejor opinión.

Saludos,
15/10/2008 23:19
hasta ese punto lo se perfectamente pero es que ami me a retenido la policia local y el carnet lo habia dejado cando cuando el juicio rapido y si tuviera una sancion administrativa ya me habrian avisado o reclamado el pago de la multa, y lo que mas me ha estopeado a sido la carta que me envian elos para realizar el supuesto curso y lo que quisiera saber es si lo tego que hacer por que el carnet fue retirado por la via penal muhas gracias.
15/10/2008 23:43

Por la retirada por la vía penal, no; otra cuestión es que haya perdido los puntos en otras infracciones, pero en este caso, necesariamente se le ha tenido que comunicar, informándo de los puntos que detraían.

Vaya a la policía local e informese de la situación en que se encontrará, una vez cumpla el plazo de retirada e inhabilitación para conducir.

Salvo mejor opinión.

Saludos,
15/10/2008 23:54
Me temo que sí que deberá hacer el curso. Aunque muchos lo ignoran, por que el legislador nos lo puso en plan trampa en una disposición adicional a la reforma de la ley de puntos, SIEMPRE QUE HAYA RETIRADA PENAL se habrá de superar un curso para volver a conducir. No tiene nada que ver con los puntos, que no se pierden por la sanción penal. Y hasta ahora tráfico no se estaba esforzando en que se cumpliera.

La norma es esta:

Veinticuatro. Se incorpora una disposición adicional decimotercera, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional decimotercera. Efectos administrativos de las condenas penales que conlleven la privación del derecho a conducir.

El titular del permiso o licencia de conducción que haya sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o ciclomotor, para volver a conducir, deberá acreditar el haber superado con aprovechamiento el curso de reeducación y sensibilización vial al que hace referencia el primer párrafo del artículo 63.7.”
15/10/2008 23:56
no puedo tener otras infracciones administrativas porque me han requerido el carnet el 18/02/2008 y lo tengo en vigor desde el 18/01/2008 al no ser que sean las multas por alcoholemia pero esas me las tedrian que dar en el momento. y el juicio fue el dia 21/02/2008 asi que en un mes no creoque me haya dado tiempo a tener alguna otra sancion
15/10/2008 23:57
jar,

Ignoraba esta norma, pido disculpas por inducir a error, los asuntos que he llevado hasta ahora, no se ha exigido esta acreditación que indica.

Agradezco su aclaración.

Un saludo,
16/10/2008 00:03
ok y si estas la sentencia cumplida es normal que la notificacion del curso me la mande una semana antes de que finalice teniendo que haberlo realizado con anterioridad para poder cojer mi veiculo

en este caso poder realizar una queja a la jefatura de trafico por haber tardado tanto en la notificacion y teniendo que correr ellos con algun tipo de sancion o gastos o lo que pueda ser.

muchas gracias por vuestros consejos
16/10/2008 09:37
Buenas a todos.Di positivo en abril 2008 0.80 me han retirado el carnet, y si me han mandado la cartita de trafico, diciendo que tengo que hacer el curso de reeducación vial. Y tanto que lo tengo que hacer, precisamente el lunes próximo voy a la autoescula.Es una semana de 9 a 13 y su precio es de 340 euros, !que negocio¡.Otra cosita la unica ventaja que tiene es que solo tienes que asistir a las clases, pero no tienes que hacer examen, el examen lo hacen quien ha perdido todos los puntos, y en mi caso no te quitan ningun punto, por ser por via judicial.
16/10/2008 10:25
yo tb voy a realizar el curso lo que pasa es que ami la carta me la han enviado a falta de una semana del fin de la condena, cosa que hasta a la de la autoescuela tb le parecio raro porque la suelen enviar mientras cumples la condena y yo quisiera saber SI ES HASTA QUE FINALICE LA CONDENA EL TIEMPO QUE TIENES PARA REALIZAR EL CURSO esta es mi duda y en mi ciudad el curso lo desarrollo el viernes de 3 a 21:45 y el sabado de 9 a 3:45 dos fines de semana y el precio es el mismo

muchas gracias
16/10/2008 14:43
Es decir, que trafico te notifica que tienes que hacer el curso de reedución vial hasta ahí bien, pero ¿y si no te mandan la carta? quiere decirse que ese día lo recoges sin más y no te pueden exigir nada ya que no te lo han notificado a tiempo. Me parece que en este terreno hay muchas lagunas y ya funcionan mal por separado la administración y la justicia como para que encima tengan casos comunes.

Un saludo
16/10/2008 22:43
Hola a todos, el tema está interesante, el 9 de noviembre del 2008 termino mi retirada de carnet, pero resulta q en tránsito me dicen q he pérdido todos mis puntos, q me van a iniciar un tramite administrativo por pérdida de puntos y q no voy a poder conducir 6 meses más, luego tendré q hacer un curso y luego un exámen, q el tiempo de retirada de carnét penal, no tiene nada q ver con lo admininstrativo, ¿ será cierto ?, si no me llega nada y ya recupero mi carnét podré conducir hasta q me llegue este documento, me dice recien vamos a empezar a tramitar tu expediente por pérdida de puntos, cuando realmente los perdí hace 8 meses, gracias.
16/10/2008 23:11
yo creo que al ser por via penal, no te quitan ningun punto, ya que te jodes con el tiempo de retirada, la multa, el abogado que es mi caso y el cursillo dichoso.Así va españa¡
Todo es un saca dinero.
No hay derecho, le tratan a uno peor que a un delicuente. Ya sabemos ni ¡una gota más de alcohol¡.
17/10/2008 08:17
tienes razon vampiro pero si es por via penal el curso no tiene nada que ver porque el curso te lo hacen los de trafico y esos solo van por via administrativa, digamos que es como antiguamente que te ponian dos multas y como ahora a ellos se la quitaron pues te joden con el puñetero curso.

y aparte esto no es un foro de abogados??

las dudas nos las tendrian que resover ellos no creis porque son los que mas saben de estos casos.

y tranquilos que si te quitaron el carnet por via penal y no te quitaron ningun punto tu vas al curso a dormir porque no tienes que hacer ningun tipo de examen en finalizando dicho curso.

saludos
17/10/2008 23:40
Todo esto me suena un poco raro y demuestra que despues de algo mas de dos años hay un vacio legal en este aspecto un poco visible.

Si alguno es jurista a lo mejor sabe por donde voy, en este sentido hay dos vias la penal y la administrativa, es decir te obligan al curso por la via administrativa y no por la penal, entonces quiere decirse que te juzgan por las dos vias y hay una cosa que creo que se nos pasa por alto que es el "non bis in idem" que para el que no lo entienda es que no te pueden juzgar dos veces por el mismo hecho, si esto es asi la sentencia penal es la que mas peso tiene y por tanto la administrativa se tendria que "anular" en cierto modo por eso no se hasta que punto, te pueden exigir dicho curso porque estariamos hablando de una contradiccion entre la disposición decimotercera de la LSV y el derecho procesal,
mi pregunta es ¿Se puede apelar a dicho procedimiento?

Saludos
08/03/2009 12:13
ami me interesaria saber lo que ha dicho crimajos, no se podría recurrir??
19/03/2009 01:54
Acojonante!

Me quedan 10 dias para cumplir los 8 meses de retirada, fue por via penal sin perdida de puntos por alcoholemia de 0,65.

Me llega HOY una carta diciendo que tengo que hacer dicho cursillo.

Llamo al departamento de transito de la generalitat de catalunya, les explico el caso, ponen mi dni en el ordenador y les sale que NO he de hacer el curso. Sale el inicio y el final de la sancion, incluso una multilla de hace 3 años, la chica me dice que no me preocupe, que puedo conducir, le pregunto que si me paran los mossos me pueden multar por no haber realizado el curso y me dice que no, que ellos veran los mismos datos que ella esta viendo en ese momento, los de mi expediente. Le pregunto si me lo puede dar por escrito si me presento en el edificio y me dice que no pueden.

Llamo a la dgt y despues de 1 hora al telefono me dicen que LES PARECE que si que he de hacerlo.

Llamo a TODAS las autoescuelas donde realizan el curso de sensibilizacion de 30 horas y algunas me dicen que si y otras que no estan seguros....

Llamo a la abogada que me llevo el caso y me dice que ella cree que no, que le de un par de dias para que se lo mire bien.

Llamo al juzgado de lo penal donde llevan mi ejecutoria y me dicen que me daran el carnet el dia indicado sin ningun problema, que en la sentencia solo dice 8 meses de retirada, multa de 600 euros y 20 dias de trabajo a la comunidad.

los cursos que empiezan antes son cuando ya tengo el carnet en el bolsillo, es decir de aqui 2 semanas.

Me he leido de enterita la ley ( hasta donde mis pobres conocimientos legales me han permitido )http://www.permisoporpuntos.es/es/docs/PPP_ley.pdf y si que me dice que he de realizarlo, incluso que es falta grave de 91 a 300 euros de multa y PUEDE acarrear suspension del carnet de 1 a 3 meses.

QUE DEMONIOS HAGO??????

NO ME DIGAIS QUE ESTO NO ES DE PANDERETA!!!!!