Buenas tardes.
Les agradecería me dijesen los aspectos a tener en cuenta para una viuda cuando su marido muere. Me explico:
* los saldos de Las cuentas bancarias compartidas son integras para la viuda o hacienda retiene algo.
* Si el fallecido cobra una pensión y la viuda también, que importe le quedará a la viuda???
* Hay algo más a declarar a hacienda??
Los saldos de las cuentas bancarias compartidas se presume que son al 50%. A la viuda le corresponde el 50% y el otro 50% a los herederos del causante.
La cuantía de los impuestos depende de muchas circunstancias (parentesco del heredero con el causante, cuantía de la herencia, deudas, gastos, etc).
Si le corresponde pensión de viudedad, más o menos, por ésta, le toca la mitad de la pensión del causante.
Hola.
Muchas gracias por responder
Los herederos no puede ser la viuda si así lo dice en el testamento? Si no puede ser y son los hijos entonces hacienda se llevaría una parte no?
Le correspondería pensión de viudedad además de la que tiene por haber trabajado?
Claro que puede ser la viuda, (pero sólo ella si es de aplicación alguno de los Derechos diferentes al común, sino, habría que ver las legítimas y otras circunstancias). Cuando digo que el otro 50% corresponderá a los herederos del causante, me refiero a los "herederos", sean quienes sean (viuda, hijos, todos ellos, uno sólo, etc, etc).
Hacienda enganchará lo que pueda. La normativa sobre el Impuesto de Sucesiones, depende de cada CCAA. De forma general, hacienda grava con un 0,8% el caudal hereditario si los herederos son cónyuge y/o hijos del causante; en otros supuestos depende del grado de parentesco y de la cuantía del caudal hereditario.
La viuda cobra unos 600€ de pensión y el fallecido cobraba 1200€
Le quedará a la viuda su pensión más lo que le toque de viudedad o solo le queda una de las 2 cosas??