Al poco tiempo de vivir en la urbanización de nueva construcción en la que con gran ilusión nos compramos un piso, el resto de vecinos y yo, nos encontramos en la dificultad que en el garaje comunitario ubicado en el subterraneo, resulta muy dificil o prácticamente imposible aparcar, radios de giro imposibles para cualquier turismo, columnas que impiden el paso de dos turismos, etc.
Mi consulta es ¿como saber si este garaje cumple con la normativa de edificación?¿Le corresponde a alguna administración fiscalizar que se cumplen todos los requisitos?.
Deben acceder en el Ayuntamiento al proyecto técnico en base al cual se concedió licencia de construcción, expediente administrativo, licencia de construcción y licencia de primera ocupación con los informes técnicos correspondiente.
En el Plan General del municipio, hay una normativa para plantas dedicadas a garajes con dimensiones de las plazas, ancho de pasillos de circulación, radios de giro, etc.
Y no solo el Proyecto de Arquitectura. En el proyecto debe constar la documentación para la licencia de apaertura del garaje comunitario.
En ambos expedientes debe estar justificado el cumplimiento de las normativas. De otra manera, el proceso sería irregular, y es posible que el proyecto sea deficiente. ¿De que año es la solicitud de licencia? ¿Le afecta el CTE?
En primer lugar disculparme por la tardanza en contestar,
- la solicitud de licencia es de 14 de octubre de 2005 y el certificado de final de obra tiene fecha de 25 de febrero de 2008.
- Desconozco que es el CTE.
- Ya que la obra ya se ha realizado y el garaje se encuentra en uso, con sus plazas de garaje y trasteros vendidos, ¿que consecuencias tendría que la obra no cumpla con la normativa vigente?
- ¿Le corresponde la inspección al mismo arquitecto municipal que firmó el "visto bueno" del proyecto?
Solicite en el Ayuntamiento copia de la licencia de primera ocupación del edificio incluido el informe técnico pertinente, así como las ordenanza referente a plantas de garajes.
La cuestión técnica sería que el garaje sirve para motocicletas y no para turismos... Podría cumplir todas las normativas, pero limitando el uso a motocicletas.
La siguiente frase, "¿Le corresponde la inspección al mismo arquitecto municipal que firmó el "visto bueno" del proyecto?", ME PARECE DE UNA EXTREMA GRAVEDAD.
¿Estás diciendo que es el Arquitecto Municipal el mismo que firmó el proyecto y la documentación para la licencia de primera ocupación?.