Buenos dias, estoy pensando en la posibilidad de abrir un despacho profesional, el cual, muy probablemente no me de beneficios el primer año, obteniendo ingresos a traves de rendimientos de capital mobiliario (acciones, futuros etc). Mi duda es si puedo deducirme de los gastos que acarrea el despacho (alquiler , luz , agua, etc) , aunque por este concepto no haya obtenido ningun ingreso y todos los ingresos vengan de los rendimientos de capital mobiliario. Muchas gracias.
Hola, QUECUS.
Si eres titular de una actividad económica (en este caso, profesional) y ésta tiene en el ejercicio un rendimiento negativo, éste sí constará en tu declaración del IRPF.
Tu base imponible estará formada por TODOS los rendimientos que tengas: los positivos (como los del capital mobiliario que comentas) y los negativos (en este caso, de tu actividad profesional, y siempre que los gastos sean fiscalmente deducibles).
Un saludo.