¿Se permite deducir hipoteca de una vivienda?, que:
1) La persona no vive en ella porque la tiene vacía.
2) Vive en otra vivienda en la misma ciudad porque convive con un familiar de 1.er grado con avanzada edad y problemas de salud.
3) Estuvo arrendada durante los tres últimos años. Con contrato por escrito. Y suministros a nombre del inquilino. La comunidad la pagaba la propiedad del inmueble. Entiendo que podría deducirse los intereses de la hipoteca hasta el límite de los ingresos o compensarlos, si puede y procede, en los próximos 4 años. El contrato de arrendamiento señala la verdadera vivienda habitual del arrendador.
Supongo que NO tiene condición legal ya de vivienda habitual. Ni la puede recuperar.
Y se está deduciendo indebidamente la hipoteca sobre la base de 9.015 € aproximadamente.
Si la vivienda ha estado vacía y el contribuyente vive en otra propiedad debido a cuidar de un familiar, la vivienda en cuestión ya no tiene la consideración de vivienda habitual desde el momento en que dejó de ser la residencia efectiva y permanente del contribuyente. Por lo tanto, no sería legal seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual en la declaración del IRPF.
Tú mismo lo dices todo: "se está deduciendo INDEBIDAMENTE la hipoteca sobre la base de 9.015 € aproximadamente".
Si no es su vivienda habitual no corresponde la deducción por vivienda habitual, es así de simple.