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Declaratoria de dominio

2 Comentarios
 
02/03/2010 16:33
En este caso no cabe la adquisición por usucapión, ya que hubo una compraventa, como te dice ABQ deberás excepcionar la prescripción extintiva de los derechos de la parte actora ya que la venta se perfeccionó hace más de 30 años, independientemente de la fecha de defunción del vendedor. Los acciones que reclamen derechos hereditarios prescroben a los 30 años, pero en este caso el derecho del causante, que podría derivar en sus herederos prescribió al cumplirse los 30 años de la CV.

No entiendo yo tampoco la construcción que han hecho para para instar la declaración de dominio, ya que aunque ellos no sea los titulares que figuren en el registro sí lo es el causante...
perfil ABQ
01/03/2010 18:56
En primer lugar, como es lógico, presentando el contrato. A partir de ahí, es posible que la acción haya prescrito, incluso podrías alegar, alternativamente, adquisición por usucapión, aunque creo que lo conveniente será alegar la prescripción de la acción. Seguramente, tu cliente posee contratos de electricidad, agua, etc. posee a título de dueño y figura como tal en la comunidad y el catastro. También ayudaría que el contrato se hubiera liquidado. En fin, sólo son ideas para empezar a trabajar. Dos últimas cosas: 1ª.- si el vendedor falleció hace 29 años, y tus clientes ya estaba en posesión del inmueble, es probable que les haya prescrito la acción, que 2ª.- debería haber sido reivindicatoria. ¿o es que tus clientes no poseen el inmueble?
Declaratoria de dominio
27/02/2010 20:05
Hola compañeros, me han planteado una demanda de declaratoria de dominio frente a mi representada y su hijo, la plantean los herederos del antiguo propietario, porque mi representada no modificó el registro, pues la compró hace 31 años en contrato privado, y el vendedor falleció
hace 29 años. A alguien se le ocurre como planteo la contestación?