En Febrero de 2006 murió en Barcelona nuestro padre dejándonos en herencia 1 casa y la mitad de la casa de sus padres en un pueblo sevillano y la mitad de nuestra vivienda en Barcelona (Estaba casado por régimen de gananciales en Barcelona). Por acuerdo con mi madre, ella renunció a la mitad de las casas de Sevilla que le correspondían, sin perder el derecho al usufructo. Nosotros, los 3 hijos, le cedíamos nuestra mitad del piso de Barcelona heredada de nuestro padre. Se le dio un valor de 180.000 € a la casa de mi padre en el pueblo sevillano al aceptarla en herencia y se ha vendido en el 2013 por 76.500 €. ¿Quienes debemos declarar la venta y en qué porcentaje si somos 3 hijos con el 33,33 % de nuda propiedad y nuestra madre con el 100 % del usufructo? ¿Es pérdida patrimonial o hay que calcular la posible ganancia o pérdida de otra manera?
no hay pérdida patrimonial, ya que se considera la venta como un acto voluntario
habiendo pagado los impuestos por 180.000 cuando se incorporó al patrimonio personal, no hay que hacer nada a efectos de renta