Es decir, pueden presentar la deducción como quieran, pero tendrá que acreditar que el dinero es privativo si quiere deducirla el 100% el marido(muy difícil), y no es lo que más convenga es lo que dice hacienda y el Supremo (salvo que haya sentencias posteriores que no conozca), y por supuesto que puedes estar de acuerdo o no, pero en principio es el criterio de hacienda y los tribunales y yo estoy de acuerdo con ellos.
Supongamos un matrimonio, que tal y como se describe en este caso, se han casado en bienes gananciales (mediante capitulaciones).
Uno de los cónyuges tenía una vivienda adquirida de forma privativa anterior al matrimonio, y todavía con hipoteca.
Tras el matrimonio, al constituir esta vivienda la residencia familiar aplican el criterio indicado para:
- El cónyuge no propietario invertir una cuenta ahorro vivienda privativa (previa al matrimonio) en la vivienda comprada antes del matrimonio por el marido.
- Ambos cónyuges, terminan de abonar el resto de la hipoteca con dinero ganancial, desgravandose cada uno el 50% de las aportaciones.
Una vez finalizada la hipoteca. ¿Cómo se hace para que quede constancia en el registro del dinero aportado por cada uno, y por tanto que queden claros que porcentajes son privativos de cada uno y ganancial?