Hace 12 años murió mi hermana, menor de edad, sin descendientes ni propiedades. Ahora, ante la muerte de otro familiar y habiendo en herencia de este ultimo un solar, nos dicen que es necesaria la declaracion de herederos de mi hermana fallecida para poder inscribir el solar en el registro de la propiedad. Que debo hacer? no se por donde empezar, alguien me puede guiar por favor?
Desde ya gracias
En principio, habría que diferenciar si al fallecer su hermana vivian o no sus padres. Si no es así, será necesaria una declaración de herederos abintestato de su hermana que tendrá que tramitarse en los Juzgados. Pero asegurese bien de que es precisa esta declaración de herederos para hacer la herencia del familiar fallecido con posterioridad y titular del solar. Realmente sería necesarios más datos. En todo caso si quiere tener información básica de qué trámites seguir visite la web www.aherencias.es
Hola, en primer lugar gracias por contestar manuqba.
Si que vivían nuestros padres. No entiendo la necesidad de este trámite habiendo pasado tanto tiempo desde el fallecimiento de mi hermana y sin tener esta propiedades ni descendientes, pero creo que si que es preciso a la hora de llevar al Registro el solar ahora heredado por este otro familiar, al menos así me lo dijeron en la Notaría al hacer la adquisición de herencia. Por otro lado, tengo entendido que hay un plazo de 60 dias para inscribir la propiedad y me temo que, de tener que tramitar esta declaración de herederos vía juzgado, se va a superar dicho plazo, suponiendo esto costes adiccionales.
Entonces... que debo hacer? que alguien me ayude por favor, desconozco el tema totalmente por lo que me encuentro perdido
No entiendo muy bien para qué hay que hacer la declaración de herederos de su hermana. En cualquier caso, si hay que hacerla supongo que se está refiriéndose a quienes eran herederos de su hermana cuando esta falleció y, en tal caso y en principio y dependiendo de legislaciones, los herederos serían sus padres. En tal caso la declaración de herederos no se hace en el Juzgado (este sólo tramita declaraciones de herederos entre colaterales), en el caso de declaraciones de herederos de ascendientes, éstas las tramita la notaria.
Por otro lado no existe ningún plazo para inscribir la propiedad a nombre de los herederos. Otra cosa es liquidar el Impuesto de Sucesiones que corresponda, para el que hay un plazo de 6 meses. Le insisto: en la web www.aherencias.es tiene información sobre ello.
Como dije antes, yo tampoco llego a entenderlo, supongo que lo reclaman por no dejar a ningún heredero fuera, en caso de que los hubiese, pero... lo mas lógico hubiera sido pedirlo previamente en notaría. En fin, la cosa es que ya me ha quedado mas o menos claro, no creas que ignore la sugerencia de la página web, la cual además de agradecerte, visité y me sirvió para enterarme sobre algunos documentos que tengo que presentar al notario.
De nuevo, muchas gracias manuqba, me quitaste una preocupación.
Saludos
hola, de nuevo yo por aquí con mis dudas...... hace ya unas cuantas semanas que se firmó la escritura de adquisición de herencia en la notaría pero aún no tengo noticias de ellos, cuanto tiempo se supone que tarda en salir una escritura de este tipo? y otro tema, la notaría misma es quien lleva esto al Registro de la Propiedad? o tengo que llevarlo yo por mi cuenta?
al decirme que me pedirían la declaracion de herederos que anteriormente mencione y no haberme podido desplazar para realizarla (mi hermana falleció en otra provincia) lo deje un poco de lado pues no hay plazo parece ser, pero...
de nuevo, pido disculpas por mi ignorancia en el tema, y si alguien fuese tan amable de sacarme de dudas se lo agradezco desde ya